La presencia de simbología religiosa en el espacio público suscita gran debate social, mucha literatura jurídica y reacciones diversas por parte de los poderes públicos. El objeto del presente estudio se centra en la llamada simbología estática, es decir en la exposición de símbolos religiosos en dependencias públicas y su adecuación a principios jurídico-políticos que son garantía de derechos fundamentales. La complejidad de los supuestos impide establecer un criterio general común para la solución de los conflictos y aconseja estar a la ponderación de las circunstancias concurrentes en cada caso. Por eso, la perspectiva de análisis es jurisprudencial, a través del examen de las soluciones aportadas por los tribunales a este tipo de conflictos. Para ello, se comienza precisando la naturaleza del símbolo porque, además de su carácter religioso originario, puede tener otras significaciones de tipo tradicional, cultural o histórico que desvirtúen su significado primigenio. A continuación, se exponen los principios que deben guiar la actuación del Estado en relación con los símbolos religiosos. Finalmente se procede a un examen de los conflictos a través de la casuística que ha llegado a los tribunales, primero con alusión a decisiones de Derecho Comparado y a otras que han causado especial revuelo mediático, como las sentencias del TEDH en el caso Lautsi contra Italia, para terminar con el análisis de las resoluciones dictadas por tribunales españoles.
I. Consideraciones previas. II. Sobre el concepto de símbolo religioso y su apreciación. III. Principios jurídico-políticos de referencia: algunos ejemplos de Derecho Comparado. IV. El caso Lautsi como paradigma: el interesado escudo del margen de apreciación. V. La simbología religiosa estática en España. 1. Laicidad e igualdad como argumentos: algunas precisiones. 2. ¿Cualquier símbolo en cualquier pertenencia pública? La necesidad de distinguir. 3. La casuística a través del examen de las resoluciones judiciales. 3.1. Centros docentes públicos. 3.2. Establecimientos y otros soportes públicos. 3.3. Terrenos de dominio público. VI. Consideraciones finales. VII. Referencias Bibliográficas.
Religious symbols in public space have raised serious social discussion, many juridical controversies and different reactions in the public powers. This paper analyzes the so called static symbols, in other words, the exhibition of religious symbols in public agencies and their compatibility with political principles which are the guarantee of human rights.The complexity of the cases examined prevents from the establishment of a common general approach to the problems posed and advises to solve them balancing the circumstances at issue. In fact, this kind of analysis must be necessarily done studying the case law. To do this firstly, the paper determines the specific nature of each symbol because, besides their original religious character, it can have other type of meanings -traditional, cultural or historical- that can distort its original sense. Secondly, are studied the principles that should inform the public policies on religious symbols. Finally, the most significant case law of foreign courts and of ECHR, specially the decisions on the case Lautsi v. Italy, are examined, ending with the analysis of the case law of Spanish courts.