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Documentación de la actividad procesal y nulidad de actuaciones. (RI §413236)  

- Federic Adan Domenech

Una de las principales novedades de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 se concreta en la flexibilización de la obligación del secretario judicial de levantar acta de toda la actividad procesal realizada en las vistas. Esta obligación es sustituida por su grabación a través de medios tecnológicos. Sin embargo, la práctica judicial acredita que no son pocas las ocasiones en que la grabación no se produce en su totalidad o el contenido de lo gravado imposibilita formular la defensa en una instancia superior. Ante esta realidad en el presente trabajo se analizan tanto los supuestos en que la defectuosa grabación no supone una nulidad de actuaciones como aquellos otros en que sí se produce tal circunstancia.

I. INTRODUCCIÓN; II.- SUPUESTOS EN QUE NO SE HA DECRETADO LA NULIDAD DE ACTUACIONES: 1.- Alegación exclusiva de motivos jurídicos en el recurso de apelación; 2.- Posible resolución del recurso en base a la prueba documental obrante en los autos; 3.- La falta de concreción de los motivos causantes de la indefensión; 4.- La omisión de la consignación en el medio impugnatorio de las alegaciones de las partes; 5.- Cumplimentación de la grabación con la redacción del acta por el Secretario judicial; 6.- Substitución de la grabación por la redacción del acta del Secretario judicial; 7.- La falta de consignación expresa en el recurso de apelación de la vulneración de la garantía procesal, en concreto, la indefensión. III.- SUPUESTOS EN QUE SE HA DECRETADO LA NULIDAD DE ACTUACIONES: 1.- Imposible valoración del material probatorio; 2.- Imposibilidad de la adquisición del conocimiento de la relación jurídica por parte del Tribunal de segunda instancia para su nuevo enjuiciamiento; 3.-Imposibilidad de concretar el razonamiento lógico de las conclusiones de las partes emitidas en la vista del juicio; 4.- Inexistencia de acta completa consignada por el Secretario judicial como medio subsanatorio de la defectuosa grabación; 5.- Desconocimiento de las partes procesales de la constatación que la consignación del acta será el único medio acreditativo de las actuaciones procesales realizadas. IV.- NULIDAD DE ACTUACIONES Y CONSECUENCIAS PROCESALES.

Palabras clave: Nulidad de actuaciones; Defensa; Secretario judicial; Acta.;

One of the main innovations of the Civil Procedure Act 1/2000 manifests itself in the relaxation of the obligation of the clerk of the minutes of all the procedural formalities in views. The use of a recording through technological means replaces this obligation. However, judicial practice attests that there have been several occasions where the recording is not produced entirely or where the recorded content renders the opportunity of defense at a higher competent court. Given this reality, the purpose of this paper is to analyze both, the case in which the faulty record is not an invalidity of any action as well as those where there was actually such a circumstance.

Keywords: Invalidity of actions; Defense; clerk record.;

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