La educación diferenciada es un modelo educativo que siempre ha sido considerado legítimo tanto en España como en el Derecho internacional y comparado. Sin embargo, en julio y octubre de 2012, el Tribunal Supremo español ha dictado tres sentencias que, aun reconociendo su legitimidad, la considera discriminadora por razón de sexo. En este trabajo se estudia el contenido de estas sentencias y se compara con la jurisprudencia anterior del mismo tribunal y con la normativa en materia de educación.
I. INTRODUCCIÓN. II. LA LEGITIMIDAD DE ESTA OPCIÓN. 1. Situación en España. 2. El Derecho internacional y comparado. III. LA FINANCIACIÓN PÚBLICA DE LOS CENTROS DIFERENCIADOS. 1. Su tradicional aceptación y los cambios suscitados en 2008. 2. Recuperación del régimen de los conciertos. 3. El paradójico contenido de las sentencias de julio de 2012. IV. CONCLUSIONES.
: Single-sex education is an educational model that has always been considered legitimate both in Spain and in the international and the comparative Law. However, in July 2012, the Spanish Supreme Court has issued two decisions that, while recognizing its legitimacy, considers that this model causes gender discriminatory. This work pays attention to the content of these statements and compares them to the same Court's prior jurisprudence and legislation in education.