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El principio non bis in ídem y su incidencia en la sanción de infracciones en materia de prevención de riesgos laborales. (RI §412283)  


The rule non bis in idem and his incident in the sanction of infractions as for prevention of labor risks. - Rosa Salvador Concepción

Para la persecución de infracciones relacionadas con el incumplimiento de las obligaciones inherentes a la prevención de riesgos laborales y dado que estas infracciones dependiendo de su envergadura pueden ser constitutivas tanto de un ilícito penal como de uno administrativo, el conocido Principio Non Bis In Idem establece habrá que respetarse la prioritaria actuación procedimental penal sobre el administrativo sancionador, excluyendo además la condena penal la posibilidad de sancionar por vía administrativa por los mismos hechos ya enjuiciados en el proceso penal. De manera que ante cualquier indicio de delito se habrá de efectuar oportuna inhibición a favor de la Fiscalía para el conocimiento del asunto, ya que es en ese orden penal en el que se proyecta la protección de los Bienes Jurídicos de carácter más relevante, tales como los afectados cuando se infringen medidas tan importantes como las relacionadas con el tratamiento de los riesgos laborales en la empresa, cuya ausencia o deficiencia afecta como sabemos, directamente a la salud del trabajador. Es por lo que, en este trabajo vamos a analizar cómo se articula esta intervención de la Inspección de Trabajo y de la Fiscalía, así como los principales problemas que plantea la legislación sancionadora de aplicación.

I. Introducción.- II. La falta de medidas preventivas como infracción administrativa.- III. Aplicación del principio Non Bis In Idem en su sanción penal.- IV. Conclusiones.- V. Bibliografía.

Palabras clave: Infracción penal; Infracción administrativa; Prevención de riesgos laborales; Salud del trabajador; Peligro; Resultado;

Before the pursuit of infractions related to the breach of the obligations inherent in the prevention of labour risks and provided that these infractions can be of penal character as administrative officer, the acquaintance Rule of Non Bis In Idem it establishes there will be necessary to respect the priority procedural penal action on the sanctioning administrative officer; so that before any indication of crime at the moment of valuing the infraction opportune inhibition will to be effected in favour of the District Attorney's office for the knowledge of the matter since it is in this penal order in which there is projected the protection of the Juridical, such Goods of the most relevant character more relevant, such as the affected ones when there are infringed measures as important as the related ones to the prevention of labor risks in the company which absence or deficiency concerns directly the health of the worker. It is for what, in this work we are going to analyze how there is articulated this intervention of the Inspection of Work and the District Attorney's Office, as well as the principal problems that the legislation raises of his sanctioning application.

I. Introduction.- II. The lack of preventive measures like administrative infraction.- III. Application of the rule Non Bis in Idem as a penal sanction.- IV. Conclusions.- V. Bibliography.

Keywords: Penal infraction Administrative infraction. Prevention of labor risks. Health of the worker. Danger. Result;

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