Logo de Iustel
 
 
Red de Revistas en Derecho ConstitucinoalCONSEJO EDITORIAL / EDITORIAL BOARD

DIRECTOR
Ángel J. Gómez Montoro
Catedrático de Derecho Constitucional
Universidad de Navarra

SUBDIRECTORA
Isabel Giménez
Profesora Contratada-Doctora de Derecho Constitucional
Universidad Autónoma de Madrid

SECRETARIO
Pablo Guerrero Vázquez
Profesor Ayudante-Doctor de Derecho Constitucional
Universidad de Zaragoza

Menú de la revista

Conexión a la revista

 

La dimensión constitucional de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. (RI §411495)  


Constitutional dimension of the settlement of the personal life, work and family. - Octavio Salazar Benítez

Uno de los principales obstáculos para lograr una igualdad efectiva de mujeres y hombres radica en las dificultades que plantea la conciliación de la vida personal y familiar con la laboral. A pesar de que el legislador, muy especialmente el autonómico, se ha ocupado en los últimos años de esta cuestión, todavía carecemos de un sistema de derechos de conciliación coherente y con las debidas garantías. La reciente STC 26/2011, en la que se conectan estos derechos con la prohibición de discriminación por razones familiares, nos ofrece una sólida argumentación para sustentar la dimensión constitucional de la conciliación y para proteger los “trabajos de cuidado”. Un objetivo estrechamente ligado al Estado Social, al tiempo que determinante para el ejercicio pleno de la ciudadanía.

I. INTRODUCCIÓN: LA DIVISIÓN PÚBLICO/PRIVADO COMO FUNDAMENTO DE LA DESIGUALDAD DE GÉNERO.- II. LOS DERECHOS DE CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL: 1. Los derechos de conciliación en la LO 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. 2. Los derechos de conciliación en los Estatutos de autonomía. 3. Los derechos de conciliación en la legislación autonómica: 3.1. La promoción de la corresponsabilidad. 3.2. El permiso de paternidad. 3.3. El valor de los trabajos de cuidado. 3.4. El fomento de la conciliación en las empresas. 3.5. La conciliación en el empleo público. 3.6. El papel de las entidades locales en en la conciliación. 3.7. La organización de los espacios y los tiempos en la ciudad. 3.8. Educar para la corresponsabildad. - III. LOS DERECHOS DE CONCILIACIÓN COMO EXPRESIÓN DEL PRINCIPIO DE IGUALDAD: LA STC 26/2011, DE 14 DE MARZO.- IV. CONCLUSIONES: CORRESPONSABILIDAD Y CIUDADANÍA. EL CUIDADO COMO UN DERECHO FUNDAMENTAL.

Palabras clave: Igualdad; conciliación; cuidado; familia; ciudadanía; maternidad; paternidad; dependencia;

One of the main obstacles to achieving effective equality of women and men lies in the difficulties of reconciling personal and family life and work. Although the legislatore, particularly the regional, has been busy in recent years on this issue, we still lack a coherent balance of rights and due process. The recent STC 26/2011, in which these rights are connected with the prohibition of discrimination by “family reasons”, provides a strong argument in support of the constitutional dimension of the conciliation and to protect the "care work". An objective closely linked to Social State, while determining the full exercise of citizenship.

Keywords: equality; conciliation; care; family; citizenship; maternity; paternity; dependency;

Documento disponible para usuarios registrados.

Para consultar gratuitamente este artículo primero deberá registrarse como usuario.

 
 
 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana