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La libertad sindical y el uso de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación en el ejercicio de las libertades de expresión e información por los representantes de los trabajadores. (RI §411069)  


Union freedom and the use of new information and communication technologies in the exercise of the freedoms of expression and information by the representatives of the workers. - Ángel Mariano Campal Martínez

La importancia que las nuevas tecnologías de la información y la comunicación han alcanzando en el mundo laboral, afecta de manera sustancial tanto a las relaciones individuales como a las colectivas, y requiere unas pautas adecuadas para la solución de los conflictos que genera su uso. El presente trabajo se centrará en el estudio de la respuesta que nuestro ordenamiento jurídico viene dando para solucionar las cuestiones planteadas por la aplicación de estas nuevas tecnologías en el ejercicio del Derecho a la Libertad Sindical, especialmente a través de los derechos a la libertad de expresión e información. A pesar de que la aplicación a este campo de la normativa preexistente, ha obligado al Tribunal Constitucional a un esfuerzo argumentativo, claramente reflejado en la STC 281/2005, y al brío interpretativo de la jurisprudencia de suplicación, es en la negociación colectiva donde toda esta contribución es más visible, aportando en ocasiones verdaderos códigos de conducta.

I.- Introducción. II.- La Libertad Sindical y las NTICS: El derecho de los sindicatos a utilizar los medios informáticos en la empresa para fines sindicales en la doctrina del TC y su aplicación por los Tribunales ordinarios.- III.- El uso de las NTICS para fines sindicales y su tratamiento por la negociación colectiva.- IV.- Valoración final.

The importance that new information and communication technologies are gaining in the world of labor fundamentally affects both the individual relations and the collective ones, and requires suitable guidelines for the resolution of conflicts generated by their use. The present work will concentrate on the study of the answers that our legal system is producing to solve the questions raised by the application of these new technologies in the exercise of the Right to Union Freedom, especially through the rights of freedom of expression and information. Although the application of pre-existing regulations on this field has forced the Constitutional Court into argumentative effort –clearly reflected in STC 281/2005 (Constitutional Court Judgement 281/2005)– and interpretative zeal concerning the jurisprudence of appeal, it is in the collective negotiation where this contribution is all the more visible, in some cases establishing real codes of conduct.

I. Introduction.- II. Union Freedom and NICTS: The right of the unions to use computer means to achieve union goals within the company as reflected in the doctrine of the Constitutional Court. and its application by the ordinary Courts.- III. Application of the Doctrine of the Constitutional Court by the ordinary Courts.-IV. Final Evaluation.

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