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Objeción de conciencia del personal sanitario y reformas legislativas en España. (RI §410940)  


Conscientious objection of healh personnel and legislative reforms in Spain. - María Cebriá García

Cada día más los profesionales sanitarios viven situaciones de conflicto entre dos deberes, el de respetar las decisiones de los pacientes, o de sus superiores, dentro de un marco normativo, y el deber de fidelidad a sus propias creencias y valores, a su conciencia. Y ello es así porque se encuentran trabajando en un ámbito, como es el de la medicina o el de la bioética, en el que están involucrados muchos valores y en el que se está viviendo una gran evolución en los conocimientos científicos, en su aplicación, en la investigación aplicada. De todos los supuestos de objeción de conciencia que se plantean en el ámbito sanitario, sólo son tres los reconocidos expresamente en el derecho español, y a ellos se refiere este estudio. Por un lado, la objeción de conciencia del personal sanitario a la práctica del aborto, reconocido expresamente ya en 1985 por el Tribunal Constitucional. Los otros dos casos, regulados en el ámbito autonómico, son la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios al cumplimiento de las instrucciones previas, y la objeción de conciencia farmacéutica.

I. Introducción. II. La objeción de conciencia al aborto: 1. La regulación del aborto en España. 2. Problemas de conciencia que puede plantear la nueva regulación del aborto 3. Reconocimiento constitucional y regulación de la objeción de conciencia al aborto. 4. Ejercicio del derecho a la objeción de conciencia al aborto: 4.1. Sujetos que pueden ejercerlo. 4.2. Actos relacionados con el aborto que están exentos de realizar los objetores de conciencia. 4.3. Planteamiento de la objeción de conciencia. 4.4. La objeción de conciencia sobrevenida. 4.5. El traslado de objetores a servicios no relacionados con la interrupción del embarazo. III. La objeción de conciencia farmacéutica. IV. La objeción de conciencia a las instrucciones previas. V. Reflexiones finales.

Palabras clave: objeción de conciencia; aborto; instrucciones previas; farmacéuticos; personal sanitario;

Increasingly health professionals are living situations of conflict between two duties, to respect the decisions of patients, or their superiors, within a regulatory framework, and the duty of loyalty to their own beliefs and values to their conscience. This is so because they are working in a field, such as in medicine or bioethics, which involves many values and which is undergoing a major progress in scientific knowledge, in its application, in applied research. In all cases of conscientious objection raised in the health sector, only three are specifically recognized in the Spanish law, and they are referred to in this study. On the one, the conscientious objection of health personnel to the practice of abortion, and explicitly recognized in 1985 by the Constitutional Court. The other two cases, regulated by the Autonomous Communities are the conscientious objection for health professionals to comply with advance directives, and the pharmaceutical conscientious objection.

Keywords: conscientious objection; abortion; pharmacists; health personnel;

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