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Catedrático de Derecho Constitucional
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Profesora Contratada-Doctora de Derecho Constitucional
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De nuevo sobre el poder y los controles a los partidos políticos. A propósito de la reciente reforma de la LOREG sobre mociones de censura en el ámbito municipal. (RI §410909)  


Again on the power and controls to political parties. With regard to the recent reform of the LOREG on confidence motions in the municipal - Jorge Alguacil González-Aurioles

Los partidos políticos han adquirido un gran poder en nuestra vigente democracia; poder que resulta más cuestionable al tomar conciencia de que sólo con dificultades cumplen el mandato de democracia interna que les impone nuestra Carta Magna (artículo 6). En tales condiciones, quizá el papel del concejal díscolo frente a su partido pueda ser garante de tal democracia interna y así actuar a modo de freno al poder de las maquinarias de los partidos. Por lo demás, si el artículo 23 CE incorpora no sólo un derecho de acceso al cargo representativo, sino también de permanencia y de ejercicio, la nueva regulación incorporada en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General relativa a la moción de censura al Alcalde podría ser de dudosa constitucionalidad.

I. Introducción II. Transfuguismo, representación y responsabilidad 1. Aproximaciones al concepto de transfuguismo 2. Transfuguismo y Tribunal Constitucional 3. Sobre el transfuguismo, la representación y el principio de responsabilidad III. Democracia interna y libre creación de partidos IV El concejal y el parlamentario individual, la libre creación de partidos y su organización democrática V ¿Hacia el reforzamiento en las garantías del control sobre los partidos políticos?.

Palabras clave: Concejal; tránsfuga; concejal “no adscrito”; moción de censura; partidos políticos; competencia electoral; límites al poder; democracia interna;

In our democratic system, political parties have become extremely powerful. But their power can be considered dangerous insofar as they hardly satisfy the duty of democratic internal functioning that imposes our Magna Charta (article 6). In such conditions, the role of the councilman who acts against to his party could be considered a guaranty of democratic internal functioning and a brake to the power of parties’ machineries. Otherwise, as far as article 23 CE incorporates not only a right of access to a representative public office, but also of permanency and of exercise, the new regulation incorporated in the "Ley del Régimen Electoral General" relative to the motion of censorship into the Mayor could be unconstitutional.

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