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Reflexiones sobre la aplicación de la normativa de protección de datos en el ámbito del control del empresario y sistemas de denuncias internas. (RI §410650)  


Considerations upon the application of privacy regulations to the control measures adopted by the employer and to internal whistleblowing schemes - Guadalupe Sampedro Burgos

La implantación de determinadas actuaciones en el ámbito de las relaciones laborales entra en ocasiones en conflicto con los derechos y libertades fundamentales de los trabajadores y en especial, con su derecho a la intimidad y a la protección de datos personales. Cuestiones como la implantación de herramientas informáticas en las empresas o el establecimiento de sistemas de control internos como los de denuncias, plantean la necesidad de encontrar un equilibrio entre la voluntad del empresario de controlar el uso que realizan sus trabajadores de los medios informáticos o establecer procedimientos internos y la no vulneración de los derechos de los trabajadores. El presente artículo, analiza fundamentalmente desde la perspectiva de la normativa sobre protección de datos personales, los requisitos y principios que se deben cumplir en la implantación de sistemas de monitorización de las herramientas informáticas y en el establecimiento de programas de denuncias internas en el ámbito de la empresa.

I. Control por parte del empresario de las herramientas informáticas. II. Sistemas de denuncias internas: Whistleblowing. III. Conclusiones.

Palabras clave: Tratamiento de datos personales; consentimiento; monitorización; Whistleblowing; Agencia Española de Protección de Datos;

The implementation of certain measures in the area of employment relations sometimes comes into conflict with the fundamental rights and freedoms of workers and, in particular, with their right to privacy and the protection of personal data. Issues such as the implementation of computer tools in companies or the establishment of internal control systems such as those for complaints, raise the need to find a balance between the employer’s wish to supervise the use by his workers of the computer resources or establish internal procedures and the avoidance of the violation of the workers’ rights. This article basically analyzes, from the perspective of data protection legislation, the requirements and principles which must be observed in the implementation of systems for monitoring computer tools and in the establishment of internal complaints programs within the company.

I. Control by the employer of computer tools. II. Internal whistleblowing schemes. III. Conclusions.

Keywords: Personal data processing; consent; monitoring; whistleblowing; Spanish Data Protection Agency;

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