Protección, igualdad, dignidad, libertad y no discriminación. (RI §410645)
Protection, equality, dignity, liberty, non-discrimination and human rights in labour law -
Óscar Ermida Uriarte
Se ubica a la no-discriminación laboral dentro del marco mayor de la igualdad, de la protección del trabajador y de la dignidad de la persona humana. ¿Es lo mismo igualdad que no-discriminación? ¿Ambos son principios del Derecho del trabajo o sólo uno de ellos lo es?. Como quiera que lo que no se discute es el carácter protector del Derecho laboral, habría que preguntarse por qué el Derecho del trabajo tiene como objeto esa protección del trabajador. ¿No será que en el fondo, al final, el verdadero principio es el de igualdad? O que, dicho de otro modo, ¿el principio protector tiene como fundamento el meta-principio o valor de la igualdad?. Si así fuera, todavía habría que explorar la relación entre igualdad y dignidad de la persona que trabaja. En efecto, “dignidad en igualdad” o “dignidad para todos por igual”, parece ser el cerno de todo el sistema de los derechos humanos, con lo cual, el Derecho del trabajo, que protege al trabajador para igualar y preservar su dignidad, se insertaría en el Derecho universal de los derechos humanos. También se distingue la igualdad en el trabajo, que es igualación o desigualdad compensatoria o protectora, de la igualdad general entre ciudadanos con los mismos derechos. Finalmente se abordan las diferentes formas de discriminación en el trabajo, sus efectos y las medidas destinadas a prevenirlas y a prepararlas.
I. Introducción. II. Los valores y principios fundamentales. III. El principio de no discriminación en el trabajo. IV Conclusiones.
This paper place the non-discrimination in employment within the larger framework of equality, worker protection and dignity of the human person. Is it the same equality as non-discrimination? Both are principles of employment law or just one of them is?.As the protective nature of labor law is not being discussed, we should ask why the labor law aims to protect the worker. Could it be that, deep in the end, the true principle is equality? Or that, putting it in another way, is the protective principle grounded on the meta-principle or value of equality? If so, it would still have to explore the relationship between equality and dignity of the person who works. In fact, "equal dignity" or "equal dignity for all" seems to be inside the human rights system. So, labor law, that protects the equal dignity of all the workers, is inserted into the universal law of human rights. It is also distinguished, on one hand, the equality at work, which is equalization or compensatory or protective inequality, from, on the other hand, the general equality among citizens with the same rights. Finally, the different forms of discrimination in the worplace, its effects and measures to prevent and repare them, are analized too.
I. Introduction . II. The values and basic principles . III. The principle of non discrimination in the work. IV. Conclusions.