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Sello de Calidad de la Fundación Española para la Ciencia y la TecnologíaDIRECCIÓN / MANAGEMENT

Natividad Fernández Sola (Universidad de Zaragoza), Directora / Editor in Chief

Rosario Espinosa Calabuig (Universidad de Valencia), Directora Ejecutiva / Executive Editor

Sara Iglesias Sánchez (Universidad Complutense de Madrid), Secretaría científica / Managing editor

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La identificación del obligado a la devolución de las ayudas estatales concedidas en infracción del Tratado en caso de compraventa de la empresa beneficiaria. (RI §410536)  


Identifying the party liable for returning state aid granted in breach of the Treaty when the beneficiary undertaking is sold - Juan Antonio Pérez Rivares

En este trabajo se analizan las implicaciones (especialmente para la parte compradora) de las operaciones de compraventa de empresas beneficiarias de ayudas estatales incompatibles con el mercado interior, tanto si se instrumentan mediante la compraventa de acciones como si se estructuran mediante la compraventa de activos, a la luz de los incoherentes pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea recaídos en supuestos de recuperación de ayudas ilegales. El Tribunal aplica, en sus diferentes sentencias, criterios contrapuestos en el ejercicio de identificar a la empresa que es beneficiaria real de una ayuda irregularmente concedida y que, por tanto, es responsable de su devolución, cuando, tras la concesión de la ayuda, la empresa que consta como destinataria formal ha sido vendida. La existencia de una jurisprudencia contradictoria al respecto enfrenta a los compradores de empresas subvencionadas a un nivel importante de inseguridad jurídica. En el marco de este trabajo, resulta especialmente ilustrativa la comparación del sistema de la UE con el propio de la OMC, así como con las soluciones aportadas por los Derechos internos de los Estados miembros para los supuestos de compraventa de activos que constituyen un negocio en marcha en materia de contingencias fiscales, laborales o medioambientales. Este ejercicio conduce al autor a formular determinados criterios y a abogar por su aplicación en el ámbito del Derecho de la UE en materia de ayudas estatales, en aras de la seguridad jurídica de los operadores económicos que intervienen en este tipo de operaciones.

I. INTRODUCCIÓN. II. LA COMPLEJA IDENTIFICACIÓN DEL BENEFICIARIO REAL DE LA AYUDA. 1. La aparente claridad del régimen aplicable a la transmisión de acciones. 1.1. Los dos criterios básicos formulados por la jurisprudencia. 1.1.1. El criterio del uso efectivo de las ayudas. 1.1.2. El criterio del precio de venta en condiciones de mercado. 1.2. Las dudas planteadas por la jurisprudencia. 1.2.1. Hacia una solución jurisprudencial ecléctica. 1.2.2. La solución adecuada en el caso de transmisión de acciones. 2. El confuso régimen aplicable en caso de transmisión de activos. 2.1. La transmisión de activos intragrupo. 2.1.1. La existencia de una unidad económica. 2.1.2. El objetivo de evitar la elusión de las obligaciones de devolución. 2.2. La transmisión de activos a terceros. 2.2.1. La transmisión aislada de activos. 2.2.2. La transmisión “en bloque” de activos. III. LA CUESTIÓN DE LA SEGURIDAD JURÍDICA DEL COMPRADOR. 1. La carga de la prueba recae en la Comisión. 1.1. La rigidez del “nuevo enfoque” de la Comisión. 1.1.1. La evolución hacia un enfoque estricto. 1.1.2. Valoración crítica del criterio del precio de mercado. 1.2. El enfoque de la OMC, todavía más estricto que el de la Comisión. 1.2.1. La presunción de la transmisión del beneficio al comprador establecida por la OMC. 1.2.2. Las divergencias entre ambos razonamientos. 2. Una colaboración más activa del Estado con la Comisión. 1. La instensificación del papel del Estado miembro. 2.1.1. El Estado como mero ejecutor. 2.1.2. El reconocimiento del papel de delegado del Estado. 2. Las dificultades planteada por el papel paradójico del Estado. 2.2.1. El Estado defensor del la empresa beneficiaria. 2.2.2. El Estado ejecutor ante la empresa beneficiaria. IV. CONSIDERACIONES FINALES.

Palabras clave: Unión Europea; ayudas de Estado; ayudas estatales; mercado interior; compraventa de empresas;

This paper analyses the implications (especially for the purchaser) when an undertaking that is the beneficiary of State aid incompatible with the internal market is sold, considering both share deal and asset deal scenarios. The analysis is based on the existing inconsistent rulings issued by the European Court of Justice in cases dealing with the return of illegal State aid. The Court applies contradictory criteria to identify the undertaking that is the actual beneficiary of illegal State aid (and that must therefore return the aid) when the undertaking that was the formal recipient has been sold. These contradictory rulings leave purchasers of subsidised companies with a significant degree of legal uncertainty. This paper compares the EU solutions to those of the WTO, and to the solutions embodied in the EU Member States’ national laws with respect to tax, labor and environmental liabilities in the context of the sale and purchase of assets qualifying as an ongoing concern. This exercise leads the author to formulate criteria, and to propose their application through EU State aid law, with the aim of improving the legal certainty of the economic players involved in this type of transaction.

Keywords: European Union; State aids; internal market; sale and purchase of undertakings;

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