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El decreto-ley como instrumento ordinario de gobierno en Andalucía. (RI §410188)  

- Francisco J. Gutiérrez Rodríguez

Los casos de extraordinaria y urgente necesidad que exige el artículo 110.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía a la hora de dictar un Decreto-Ley se han convertido en la norma habitual para marcar la dirección política de la Comunidad Autónoma andaluza durante el año 2010. No obstante, por primera vez en muchos años las leyes emanadas del Parlamento de Andalucía a lo largo de este periodo ofrecen regulaciones de calado, por afectar a los cimientos sobre los que se levanta este territorio, esto es, a las Corporaciones Locales, y por avanzar en el desarrollo de los derechos recogidos en el Título I del Estatuto de Autonomía. Aún así, sigue siendo un año caracterizado por las señales que apuntan al final del ciclo político que ha gobernado la Comunidad desde que comenzó a funcionar, que ha dejado tras lucir además la inexperiencia de una maquinaria de poder que nunca ha estado acostumbrada a remar contracorriente.

Palabras clave: Decreto-Ley; sector público; Estatuto de Autonomía; autonomía local; financiación local; cambio político;

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