La elevación del pluralismo religioso a la categoría de principio del Derecho eclesiástico español es una cuestión controvertida, de la que podría derivarse -en la teoría y en la práctica política- la promoción de la discriminación positiva como elemento exigido por el sistema. En la presente investigación, los autores analizan la viabilidad del pluralismo religioso como principio y la congruencia de la discriminación positiva de carácter religioso como el Derecho eclesiástico español, desvelando posibles propósitos de su promoción que resultan, a la postre, intentos de desestabilizar la realidad de la presencia social de la religión en nuestro país.
1. Introducción: planteamiento del tema. 2. Conceptos básicos. 2.1. El pluralismo religioso, principio informador. 2.2. Concepto de discriminación positiva. 3. Discriminación positiva y factor religioso. 3.1. ¿Existe un mandato constitucional que obligue a la discriminación positiva en materia de religión o creencias? La congruencia ad extra de la discriminación positiva. 3.2. ¿Tiene cabida la discriminación positiva en materia de religión en el Derecho Eclesiástico español? La congruencia ad intra de la discriminación positiva. 3.3. Promoción de la pluralidad y principio de cooperación. 4. Conclusiones.
The rise of religious pluralism to the status of legal principle in Spanish Church-State Law is a controversial issue, which could bring about, both in theory and in practice, the encouragement of affirmative action policies as a requirement of the legal system. In this research, the authors examine the viability of religious pluralism as a principle and the consistency of religious affirmative action with Church-State Spanish Law. Ultimately, promoting religious affirmative action reveals an intent of desestabilization of the religious make up of the Spanish society.