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La protección del medio ambiente mediante el Derecho penal. Comentario a la Directiva 2008/99/CE del Parlamento y del Consejo de 19 de noviembre de 2008. (RI §409742)  

- Patricia Jiménez de Parga Maseda

La Directiva 2008/99/CEE del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de noviembre de 2008 relativa a la protección del medio ambiente mediante el Derecho penal busca garantizar la plena efectividad de las normas que dicten las Instituciones de la Unión Europea en materia ambiental. Para ello, delimita en dos direcciones la tipificación penal por parte de los legisladores nacionales: i) se debe referir a las infracciones relativas a la legislación ambiental de la Unión Europea; y ii) se requiere la producción de un daño grave a los recursos naturales que tenga una traducción o efecto igualmente grave sobre las personas y establece que también las personas jurídicas serán castigadas cuando sean consideradas responsables de la infracción. Busca en definitiva abrir el camino al Derecho penal como instrumento de protección ambiental por su potente capacidad de disuasión.

Palabras clave: Directiva 2008/99; Medio Ambiente; Derecho Penal;

The 2008/99/CEE Directive of the European Parliament and the Council of 19 November 2008 on the protection of the environment through criminal law seeks to ensure the full effectiveness of the regulations established by institutions of the European Union on protection environment. To this end, two-way defines a criminal offense by national legislators: i) the definition should refer to offenses related to environmental legislation in the EU, and ii) requires that the production of a serious injury to natural resources should have a translation or equally serious effect on people. States also that legal persons be punished if they are held liable for the infringement. Finds ultimately pave the way criminal law as an instrument of environmental protection for its powerful deterrent.

Keywords: Directive 2008/99; Environment; Criminal Law;

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