Los riesgos laborales de la función pública penitenciaria. El derecho de los funcionarios de prisiones a la protección que requiere el ejercicio de sus funciones. (RI §409646)
En el presente trabajo se aborda el estudio de la problemática jurídica que genera la reclamación indemnizatoria del funcionario de prisiones ante la Administración penitenciaria por los daños y perjuicios que éste puede sufrir en el desempeño de su actividad profesional. Esta indemnización tiene su fundamento en el deber de protección que el Estado concede a los servidores públicos, una de cuyas manifestaciones es la obligación de resarcirlos por los daños inferidos en el desempeño de las funciones propias de su puesto de trabajo, dado que aquellos no están obligados a soportar, a su costa, los perjuicios patrimoniales generados en el seno de la relación funcionarial, siempre que no hayan sido causados por dolo, negligencia o impericia del propio funcionario.
I.- Introducción. II.- Los riesgos laborales de la función pública penitenciaria. 1.- Aspectos generales. 2.- Riesgos laborales específicos del profesional penitenciario. 2.1.- Riesgos para la integridad psíquica. 2.2.- Riesgos para la integridad física. III.- Los mecanismos de protección funcionarial previstos legalmente. 1.- Aspectos generales. 2.- Mecanismos de protección que se fundamentan en la normativa sectorial de la función pública. 2.1.- La indemnización por el servicio. 2.2.- El régimen especial de seguridad social del funcionario público. 2. 2.1.- Aspectos generales. 2.2.2.-Protección específica del régimen especial de seguridad social del funcionario público.2.2.2.1.- Por el Mutualismo Administrativo. 2.2.2.2.-Por el sistema de Clases Pasivas. 3.- Mecanismos de protección que se fundamentan en normativa general. 3.1.- Aspectos generales. 3.2.- La responsabilidad patrimonial del artículo 139 de la Ley 30/1992. 3.2.1.- Exigencias legales. 3.2.2.- El alcance y fundamento de las exigencias legales en la relación especial de sujeción del funcionario reclamante. IV.- Conclusión.
In this work we are studying the legal problems that are generated in relation to civil servants´ complaints demanding compensation due to their professional activity. This obligation is based on its duty to the civil servants, one of which rights is to be compensated for the damage that could be inferred while they are working, given that they are not obligated to resist, at their cost, damage created in their professional environment except when it is caused on purpose, with negligence or ignorance.