El presente trabajo tiene como finalidad explicar el problema de la pérdida dolosa de la potestas o de la posesión del esclavo, por el cual el dominus, si bien no pudiera ser llamado a responder en base a una acción noxal, se encontraría obligado por la actio sine noxae deditione. Trataremos además de identificar los casos en que exista tal tipo de pérdida y las consecuencias jurídicas que debería de sufrir el titular del esclavo.
I. Interrogatio in iure. II. Respuestas del demandado. a. El dominus no niega que el esclavo ausente se encuentra en su potestad y promete mediante vadimonium de presentarlo in eadem causa (en el mismo estado). b. El dominus niega que el esclavo ausente se encuentre en su potestad. III. Significado del término potestas en las acciones noxales. IV. La pérdida dolosa de la potestas o de la posesión. V. El demandante decide que el demandado realice un juramento en el que confirme que el esclavo no se encuentra en su potestad y que no hizo con dolo en modo que no se encontrara en su potestad. VI. El demandante solicita al pretor la fórmula sine noxae deditione. a. Si el esclavo perteneciera a más de una persona y todos hubieran perdido con dolo la potestad que tuvieran sobre de él, el demandante podrá escoger a quien demandar. b. El dominus que pierde con dolo la potestad es condenado en base a la actio sine noxae deditione también si el esclavo es liberado o muere después de haber aceptado el juicio.VII. Conclusiones.
The aims of the present paper are to give an explication to the problem of a slave owner’s liability in case of fraudolent loss of potestas or of possession on him. Notwithstanding the owner could not be responsible on the base of a noxalis actio, he is obliged by means of an actio sine noxae deditione. Such a conclusion will be reached trohough a careful analyse of the Roman classical jurists’ texts where these cases are considered, with special reference to the legal consequences on the charge of the slave’s owner.