Circular 1/2008 sobre limitaciones temporales a la oposición a las resoluciones administrativas en materia de protección de menores tras la reforma operada por Ley 54/2007 de 28 diciembre. (RI §407620)
1.- Planteamiento del problema 2.- Plazo para recurrir la declaración de desamparo (acción de oposición) 3.- Plazo para formular oposición a las restantes resoluciones administrativas en materia de protección de menores 4.- Plazo para acreditar la superación de las causas que justificaron el desamparo (acciones de revocación) 5.- Plazo para acreditar la superación de las causas que justificaron la adopción de otras resoluciones sobre protección del menor distintas a la declaración de desamparo (acciones de revocación) 6.- Modificación de medidas de protección transcurrido el plazo de dos años 7.- Revocación de la declaración de desamparo por la Entidad Pública fuera de plazo. 8.- Plazo para oponerse a la constitución del acogimiento 9.- Nuevas disposiciones procesales: carácter preferente del procedimiento 10.- Cómputo de plazos 11.- Cuestiones de Derecho Transitorio 12.- Conclusiones.