En ausencia de una definición legal de confesión religiosa, la doctrina académica ha intentado precisar qué se entiende por confesión religiosa en el Derecho español. El artículo analiza las distintas tendencias y modos de clasificación de las posturas doctrinales. Analiza igualmente dos de los elementos característicos: el elemento estructural y el elemento espiritual o ideológico. Por último, a la luz de esas posturas doctrinales, apunta a posibles tendencias para la definición y/o modificación del término con motivo de la reforma de la Ley Orgánica de Libertad Religiosa.
1. Introducción. 2. Ausencia de una noción o definición constitucional o legal. 3. La noción de confesión religiosa: una tarea eminentemente doctrinal. 3.1. Modos de abordar la cuestión. 3.2. Concepto “amplio”, concepto “estricto”. 3.3. Sujeto “fuerte” del Derecho eclesiástico del Estado. 3.4. Clasificación de las tendencias doctrinales acerca del tema. 4. La noción y los elementos que la componen. 4.1. Elemento estructural. 4.2. Elemento espiritual o ideológico. 5. A modo de conclusión. La noción de confesión religiosa ante la reforma de la Ley Orgánica de Libertad Religiosa.
Absent any definition of “confesión religiosa” (religious legally recognized group) in Spanish laws and regulations, Spanish scholars have endeavoured to devise a definition of this term. This article analyzes different scholarly trends and classifications relating to the notion of “confesión religiosa” and examines two basic features: the structural and the spiritual or ideological constituents. In light of the different scholarly trends, the article focuses major tendencies in defining and/or modifying this concept in the upcoming new Spanish Law on Religious Freedom.