España y Portugal son dos de los países que han incluido en su ordenamiento una ley que regula de manera específica el fenómeno religioso. En un momento en el que el legislador español ha planteado la necesidad de elaborar una nueva de libertad religiosa, en este estudio se realiza un análisis comparado de las dos leyes para, detectando sus fortalezas y debilidades, proponer qué aspectos de la ley española deberían ser modificados, qué materias deberían ser introducidas en el nuevo texto y cuáles suprimidas.
I.- Introducción; II.- La legislación unilateral como solución para regular el fenómeno religioso; III.- El derecho fundamental de libertad religiosa y su recepción en la ley; IV.- El derecho individual de libertad religiosa: contenido del mismo; V.- Los derechos colectivos de libertad religiosa: 1.- El reconocimiento de personalidad jurídica a las confesiones religiosas: 1.1.- Requisitos y procedimiento de inscripción; 1.2.- Derechos o beneficios reconocidos a las confesiones inscritas; 2.- Asociaciones y fundaciones religiosas inscritas; VI.-Límites al derecho de libertad de conciencia, religión y culto; VII.- La Comisión Asesora de Libertad Religiosa; VIII.- Conclusiones.
Spain and Portugal had included in their legislation a specific law to regulate religious freedom. While the Spanish Parliament is trying to elaborate a new law on religious freedom, the author makes a comparative study of both laws in order to detect their strengths and weaknesses, to propose which issues should be modified, which matters should be incorporated to the new text and which one abolished.