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Il ruolo delle Conferenze episcopali nella recente prassi concordataria. Tra “causae maiores” e sussidiarietà. (RI §406546)  

- Davide Di Giorgio

Recientemente las relaciones entre la Iglesia católica y los Estados, no solamente en ámbito europeo, han visto reforzada su vitalidad de un modo sorprendente. En efecto, en la segunda mitad del siglo XX la institución concordataria, que parecía destinada a perder su anterior determinante relevancia, ha vuelto a constituir un instrumento esencial en la regulación de las relaciones bilaterales por medio de formas de acuerdo no utilizadas precedentemente. Aunque se pueden percibir algunos titubeos, es evidente la voluntad de la Santa Sede de implicar cada vez más a los episcopados locales como protagonistas de las relaciones de la Iglesia con los ordenamientos seculares. De hecho, diversos sujetos jurídicos canónicos, distintos de la Santa Sede, han recibido una función determinante; las Conferencias episcopales poseen una particular relevancia entre dichos sujetos. Sin embargo, este planteamiento parece contradecir la tradicional teoría de las causae maiores. Tras analizar la dimensión internacional de las conferencias episcopales y la vigencia de dicha teoría en el ordenamiento de la Iglesia, el A. examina la aplicación del principio de subsidiariedad en las relaciones Iglesia-Estado, en particular por lo que respecta a las Conferencias episcopales.

I. L’utilizzo recente dello strumento concordatario: modelli di normazione bilaterale; II. Conferenze episcopali e dimensione internazionale. Competenze di “Jus publicum externum”; III. Le “causae maiores”: evoluzione della teoria e vigenti basi normative; IV. Le competenze delle Conferenze episcopali nella prassi bilaterale ed il tradizionale assetto ecclesiale delle “causae maiores”; V. Sull’applicabilità del principio di sussidiarietà in tale ambito.

Palabras clave: Conferencias episcopales; Concordato; Relaciones internacionales; Causae maiores; Subsidiariedad;

The recent relations between Catholic Church and European States are actually characterized by a distinct, and somehow unexpected, vitality. In the second half of the twentieth century the bilateral instrument, which seemed to lose its own importance, has became, thanks to some new forms of agreement, an essential tool in the relations between the Holy See and the States. The intention to involve increasingly local episcopates in the conduct of these relations appears rather clear. In the recently concluded agreements decisive role in the preparation of the new concordats is entrusted to entities other than the Holy See; particular importance is given to Episcopal Conferences. This seems, however, to conflict with the traditional theory of causae maiores. After evaluating the relationship between Episcopal Conferences and international dimension of the Catholic Church and assessing the actual validity of the theory of causae maiores, the Author analyses, with particular reference to the role held by the Episcopal Conferences, the applicability of the principle of subsidiarity within the Church-State relations.

Keywords: Episcopal Conferences; Concordat; International relations; Causae maiores; Subsidiarity;

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