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El reparto de competencias sobre asociaciones: situación actual y perspectivas tras las reformas estatutarias. (RI §406438)  

- Luis Alberto Gálvez Muñoz, José Gabriel Ruiz González

Conforme al sistema de reparto competencial recogido en la Constitución Española, la materia de asociaciones no está atribuida ni al Estado ni a las Comunidades Autónomas, por lo que, en virtud del principio dispositivo, éstas, a través de sus Estatutos de Autonomía, pueden asumirla. Todo ello sin perjuicio del carácter de derecho fundamental que el Texto Constitucional atribuye al derecho de asociación, lo que implica la necesaria participación del Estado en su regulación por ley orgánica, así como de las competencias propias que en esta materia tiene atribuidas en virtud de otros títulos, en especial las derivadas del artículo 149.1.1 de la Constitución. El análisis de la regulación actual y de la jurisprudencia, la elaboración de modelos normativos y la previsión y valoración de los cambios en la materia tras el proceso de reformas estatutarias, son los objetivos fundamentales de este trabajo.

I. INTRODUCCIÓN.- II. COMPETENCIAS ESTATALES EN MATERIA DE ASOCIACIONES: 1. El desarrollo del derecho fundamental de asociación. 2. Competencias del Estado sobre el "régimen jurídico de la asociaciones", en virtud del artículo 149.1.1.º de la CE. 3. La competencia estatal sobre Legislación civil. 4. Las competencias estatales sobre Registros Públlicos. 5. Otros títulos competenciales del Estado que podrían incidir en la competencia en materia de asociaciones. 6. Efectos de la cláusula residual y de la regla de suplencia del artículo 149.3 de la CE en materia de asociaciones.- III. COMPETENCIAS AUTONÓMICAS SOBRE LA MATERIA DE ASOCIACIONES: 1. La actual diversidad competencial entre las Comunidades Autónomas en materia de asociaciones. 2. La incidencia de los proyectos de reforma estatutaria en curso sobre la materia de asociaciones.- IV. ALCANCE DE LA EXCLUSIVIDAD AUTONÓMICA EN MATERIA DE ASOCIACIONES, CONFORME AL BLOQUE DE LA CONSTITUCIONALIDAD.- V. A MODO DE RECAPITULACIÓN: PRESENTE Y FUTURO DEL REPARTO COMPETENCIAL SOBRE ASOCIACIONES.- VI. BIBLIOGRAFÍA.

Palabras clave: Asociaciones; derecho de asociación; régimen jurídico de las asociaciones; derechos fundamentales; reparto de competencias; competencias autonómicas; reformas estatutarias; Estado autonómico; Comunidades Autónomas;

Conforming with the system of allotment competential gathered in the Spanish Constitution, the matter of associations is attributed neither to the State nor to the Autonomous Communities, for what, by virtue of the principle device, these through its Bylaws of Autonomy, can assume it. All this without prejudice of the character of fundamental right that the Constitutional Text attributes to the right of association. This implies the necessary participation of the State in its regulation for organic law, as well as its own competence that in this matter it has attributed by virtue of other titles, especially the derivatives of the article 149.1.1 of the Constitution. The analysis of the current regulation and jurisprudence, the elaboration of normative models and the forecast and valuation of the changes in the matter after the process of statutory reforms, are the fundamental aims of this work.

Keywords: Associations; association right; associations legal system; fundamental rights; distribution of competences; competences of the autonomous regions; statutory reforms; State of self-governing regions; Self-governing regions;

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