La sustancial modificación del marco competencial se configura como la más relevante novedad de la reforma: se deslinda entre las competencias que continúan atribuidas a los Jueces y aquellas otras que, en el ámbito de la propia JV, se atribuyen a Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles, y se procede a la redistribución de competencias entre Jueces y Secretarios Judiciales, en el seno del órgano jurisdiccional.
La configuración institucional de Notarios y Registradores como agentes de la JV, la posibilidad de acudir de forma opcional a uno u otro operador jurídico en determinadas materias, la ausencia de reserva jurisdiccional, la administrativación de la institución, y el mantenimiento de la JV en el marco del ejercicio pacífico de los derechos, podrían ser asimismo considerados los núcleos esenciales del texto prelegislativo.
I. INTRODUCCIÓN. EL ITER PRELEGISLATIVO DE LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA. - II. NOVEDADES DEL PROYECTO DE LEY RESPECTO DEL ANTEPROYECTO DE JUNIO DE 2006. - III. ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL NÚCLEO ESENCIAL DE LA REFORMA LEGAL. - IV. PROPUESTAS DE MEJORA DEL TEXTO NORMATIVO. ESPECIAL MENCIÓN A LA AUSENCIA DE RESERVA JURISDICCIONAL Y AL MENOSCABO DE GARANTÍAS EN EL PROCEDIMIENTO JUDICIAL. - V. REFLEXIONES CRÍTICAS SOBRE CUESTIONES VARIAS.