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El sistema de garantías para la restitucion de la dote del Derecho Justinianeo a la codificación civil española. (RI §400368)  

- María del Pilar Pérez Álvarez

I. DELIMITACIÓN DEL OBJETO DE ESTUDIO.- II. EL CRÉDITO PRIVILEGIADO A FAVOR DE LA MUJER PARA LA RESTITUCIÓN DE LA DOTE: 1. Extensión del privilegio dotal a favor de la sponsa y de la minor duodecim annis. 2. Graduación del crédito dotal: 2.1. El privilegium fisci. 2.2. El privilegio a favor del que realizó los gastos de sepelio.- III. LAS ACCIONES REALES RECONOCIDAS POR JUSTINIANO PARA LA DEVOLUCIÓN DE LA DOTE: 1. La primera intervención legislativa de Justiniano, C.5.12.30 (año 529). Alcance de la reforma. 2. Segunda intervención legislativa de Justiniano, C.5.13.1 (año 530): Hipoteca legal sobre el patrimonio del marido para la devolución de la dote. 3. Tercera intervención legislativa, C.8.17.12. (año 531). La hipoteca privilegiada.- IV. CAUSAS QUE IMPULSARON LA REFORMA DEL SISTEMA DOTAL EN ÉPOCA JUSTINIANEA.- V. LA RECEPCIÓN DEL SISTEMA DOTAL ROMANO: DE LAS PARTIDAS A LA CODIFICACIÓN CIVIL ESPAÑOLA: 1. El concepto de dote. 2. Titularidad y administración de los bienes dotales constante matrimonio. 3. Las garantías para la restitución de la dote. Su evolución.- VI. CONCLUSIONES.

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