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PRESIDENTE
José Eugenio Soriano García.
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense de Madrid.

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El declive de las cláusulas de paridad tarifaria en las plataformas de alojamiento online: a propósito de la STJUE de 19.9.2024 y de la designación de booking como guardián de acceso. (RI §428526)  


The decline of price parity clauses on online accommodation platforms: on the STJUE judgment of 19.9.2024 and the designation of booking as gatekeeper - Laura Diéguez Aguilera

En el presente trabajo analizamos las cláusulas de paridad tarifaria empleadas por las plataformas digitales en el sector hotelero. En concreto, nos ocupamos del tratamiento judicial que se ha venido dando a esta clase de estipulaciones contractuales en el ámbito de la Unión Europea, con especial atención a la STJUE relativa al asunto C-264/23, Booking.com y Booking.com (Deutschland), de 19 de septiembre de 2024, que niega a estas cláusulas la consideración de “restricciones accesorias”. También abordamos las medidas legislativas adoptadas por el regulador europeo en relación con esta materia; especialmente, el Reglamento de Mercados Digitales, cuyo artículo 5 impone a los guardianes de acceso la obligación de abstenerse de incluir estas estipulaciones en sus clausulados de condiciones generales, así como el Reglamento de Restricciones Verticales, que también contiene previsiones relativas a este tipo de cláusulas.

I. Planteamiento y propósito. II. Concepto y clasificación de las cláusulas de paridad. 1. Punto de partida: la definición de las cláusulas de paridad tarifaria insertas en el sector hotelero. 2. Un apunte más acerca de la clasificación de las cláusulas de paridad en amplias y restringidas o estrechas. III. Aparición y caída de las cláusulas de paridad tarifaria. 1. El origen de las cláusulas de paridad tarifaria: primeros casos. 2. El impacto de la STJUE de 19 de septiembre de 2024: las cláusulas de paridad no se consideran “restricciones accesorias”. 2.1. Los hechos más relevantes. 2.2. Análisis de la primera cuestión prejudicial: la doctrina de las restricciones accesorias. 2.3. Análisis de la segunda cuestión prejudicial: delimitación del mercado de referencia en aplicación del Reglamento 330/2010. 2.4. Solución dada por el TJUE a las cuestiones prejudiciales planteadas. IV. Implicaciones de la atribución a Booking de la condición de guardián de acceso en virtud del Reglamento de Mercados Digitales. V. Aplicación de las cláusulas de paridad tarifaria por operadores que no tienen la condición de guardianes de acceso. VI. Epílogo. VII. Bibliografía. VIII. Jurisprudencia.

Palabras clave: cláusulas de paridad; guardián de acceso; mercados digitales; restricciones accesorias.;

In this paper we analyze the rate parity clauses used by digital platforms in the hotel sector. Specifically, we deal with the judicial treatment that has been given to this kind of contractual stipulations in the European Union, with special attention to the STJUE regarding case C-264/23, Booking.com and Booking.com (Deutschland), of September 19, 2024, which denies these clauses the consideration of “ancillary restrictions”. We also address the legislative measures adopted by the European regulator in relation to this matter; in particular, the Digital Markets Regulation, Article 5 of which imposes on gatekeepers the obligation to refrain from including these stipulations in their general terms and conditions clauses, and the Vertical Restraints Regulation, which also contains provisions relating to this type of clause.

I. Introduction and Purpose. II. Concept and Classification of Price Parity Clauses. 1. Starting Point: The Definition of Price Parity Clauses in the Hotel Sector. 2. A Further Note on the Classification of Parity Clauses as Broad and Narrow. III. Rise and Fall of Price Parity Clauses. 1. The Origin of Price Parity Clauses: Early Cases. 2. The Impact of the CJEU Judgment of 19 September 2024: Parity Clauses Are Not Considered "Ancillary Restrictions". 2.1. The Most Relevant Facts. 2.2. Analysis of the First Preliminary Question: The Doctrine of Ancillary Restrictions. 2.3. Analysis of the Second Preliminary Question: Defining the Relevant Market under Regulation 330/2010. 2.4. The CJEU’s Response to the Preliminary Questions Referred. IV. Implications of the Designation of Booking as a Gatekeeper under the Digital Markets Act. V. Application of tariff parity clauses by operators that do not have the status of gatekeepers. VI. Epilogue. VII. Bibliography. VIII. Case Law.

Keywords: parity clauses; gatekeeper; digital markets; ancillary restrictions.;

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