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Elementos centrales y periféricos del consentimiento: reflexiones entorno a la autodeterminación sexual y sus límites. (RI §427892)  


Central and peripheral elements on consent: reflections regarding sexual self-determination and its limits - Carlos Fuertes Iglesias

La capacidad de autodeterminación de la persona constituye, a nuestro juicio, el presupuesto esencial para la formación del consentimiento sexual, piedra angular del ejercicio de la libertad sexual, en sus diversas manifestaciones. Sobre tal fundamento, el consentimiento sexual, como expresión de la voluntad del individuo para involucrarse en esta clase conductas, presenta conflictos en cuanto a la determinación de sus elementos centrales –o esenciales– frente a los factores periféricos –accidentales o circunstanciales–. El artículo trata de discernir entre ambos factores y la trascendencia jurídico-penal de su concurrencia o ausencia a la hora de valorar la existencia y validez del consentimiento sexual, con especial referencia a ciertos casos de prácticas de violencia consentida en el ámbito sexual, también en las relaciones que desarrollan los menores de la edad de consentimiento sexual con otros próximos en edad y desarrollo.

I. AUTONOMÍA, AUTODETERMINACIÓN Y CONSENTIMIENTO SEXUALES. 1.1. La noción de autodeterminación sexual: más allá de la capacidad natural y de la autonomía sexual. 1.2. La capacidad de autodeterminación sexual como presupuesto del consentimiento sexual. 1.3. El consentimiento como categoría conceptual con relevancia en el Derecho penal sexual. 1.4. Consentimiento y pluralidad de sujetos intervinientes en la acción sexual. Esfera personal de la interacción sexual. II. ALGUNAS CONSIDERACIONES ENTORNO A LA CATEGORIZACIÓN DE LOS DELITOS SEXUALES COMO “DELITOS DE PROPIA MANO”. III. ELEMENTOS ESENCIALES DE CARÁCTER PERSONAL FRENTE A LOS ACCESORIOS O PERIFÉRICOS Y SU TRASCENDENCIA RESPECTO DEL CONSENTIMIENTO SEXUAL. 3.1. Error en los elementos esenciales y PERIFÉRICOS de carácter personal. 3.1. Elementos objetivos: sobre qué factores se consiente en el marco de la acción sexual. 3.1.1. Prácticas con objeto sexual en que se insertan componentes de violencia o dominación sexual consensuada (referencia al BDSM). 3.1.2. Especial referencia a los menores de la edad de consentimiento sexual (menores de 16 años) en las prácticas sexuales con componentes de violencia: ¿es admisible penalmente un sexo “violento” consentido con/entre menores?. 3.2. Elementos formales: la manifestación el consentimiento sexual. IV. CONCLUSIONES.

Palabras clave: consentimiento; libertad sexual; autodeterminación sexual.;

The person's capacity for self-determination constitutes, in our view, the essential presupposition for the formation of sexual consent, the cornerstone of the exercise of sexual freedom, in its various manifestations. On this basis, sexual consent, as an expression of the individual's will to engage in this type of behavior, presents conflicts regarding the determination of its central – or essential – elements versus peripheral –accidental or circumstantial– factors. The article tries to discern between both factors and the legal-criminal significance of their concurrence or absence when assessing the existence and validity of sexual consent.

I. SEXUAL SELF-DETERMINATION AND CONSENT. 1.1. The notion of sexual self-determination. 1.2. The capacity for self-determination as a presupposition of sexual consent. 1.3. Consent as a conceptual category with relevance in sexual criminal law. 1.4. Consent and plurality of subjects intervening in the sexual action. II. SOME CONSIDERATIONS ABOUT THE CATEGORIZATION OF SEXUAL CRIMES AS “OWN HAND CRIMES”. III. ESSENTIAL ELEMENTS OF A PERSONAL NATURE VERSUS ACCESSORY OR PERIPHERAL ELEMENTS AND THEIR TRANSCENDENCE WITH RESPECT TO SEXUAL CONSENT. 3.1. Error in the essential and peripheral elements of a personal nature. 3.1. Objective elements: on what factors are consented to in the framework of the sexual action. 3.1.1. Practices with sexual object in which components of violence or consensual sexual domination are inserted (reference to BDSM). 3.1.2. Special reference to minors under the age of sexual consent (under 16) in sexual practices with components of violence: is “violent” sex consented to with/among minors criminally admissible? 3.2. Formal elements: the manifestation of sexual consent. IV. CONCLUSIONS.

Keywords: consent; sexual freedom; sexual self-determination.;

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