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La neutralidad de la red y el servicio universal de telecomunicaciones. (RI §427478)  


The net neutrality and the universal service of telecommunications - José Ignacio Cubero Marcos

Conforme al principio de neutralidad de la red, cualquier operador o usuario de las comunicaciones electrónicas debe utilizar las redes o prestar los servicios en las mismas condiciones de calidad, con independencia de los contenidos a los que acceda o la situación geográfica en que se encuentre. El Reglamento 2015/2120 en el ámbito de la UE prohíbe que los operadores discriminen a los usuarios cuando accedan a contenidos, salvo cuando se precise diferenciar el tráfico por razones técnicas. Asimismo, ha admitido que los operadores ofrezcan diferentes velocidades de conexión de acuerdo con las condiciones contractuales. Estas excepciones permiten abrir el debate en torno a la mayor capacidad de las redes implantadas en zonas más rentables respecto a las establecidas en entornos rurales o de menor población. El principio de neutralidad de la red, a fin de evitar la discriminación en la calidad del servicio, debería inspirar una regulación que potencie las inversiones en redes de alta capacidad en los núcleos de población menos favorecidos y, de ese modo, permita acceder a todas las personas a servicios esenciales como la búsqueda de empleo, el teletrabajo, la telemedicina, las relaciones con la Administración y, en general, la participación en la vida pública y social. Las redes de comunicaciones electrónicas no deben ser exclusivamente un objeto de negocio, sino un bien de dominio público cuyo sostenimiento, financiación y conservación debe ser proporcional al beneficio que se obtiene por su uso.

I. INTRODUCCIÓN. II. UN BREVE EXCURSO SOBRE LA NEUTRALIDAD DE LA RED EN ESTADOS UNIDOS. III. LA NEUTRALIDAD DE LA RED A LA LUZ DE LA NORMATIVA EUROPEA. 1. Concepto de neutralidad de la red. 2. Neutralidad de la red de acuerdo con el Reglamento 2015/2120/EU. 2.1. Las previsiones fundamentales del Reglamento. 2.2 Las ofertas de “zero-rating” y la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea Telenor. 2.3. La regulación en la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones (LGTT). 2.4. El valor añadido de las redes. IV. NEUTRALIDAD DE LA RED Y SERVICIO UNIVERSAL. 1. El servicio universal y las redes de banda ancha ¿cuál es la prestación exigible hoy? 2. La financiación de las redes de banda ancha y el servicio universal. 3. Servicio universal y neutralidad de la red. 4. Las disposiciones de la LGTT: ayudas públicas para la financiación de las redes y el compromiso del Gobierno para lograr la mejora en la calidad de la banda ancha. IV. CONCLUSIONES. V. BIBLIOGRAFÍA.

Palabras clave: neutralidad; red pública de comunicaciones electrónicas; servicio universal; redes de banda ancha.;

According to the net neutrality principle, electronic communications providers or users must use networks or provide services in the same quality conditions, regardless of the contents they access or the geographic places where they establish. The EU 2015/2120 Regulation forbids providers to discriminate the users when they access contents, unless in case it is necessary to distinguish the traffic due to technical reasons. Likewise, it has accepted that operators offer different connection speed consistent with the contract terms. These exceptions allow to open the discussion around the broader capacity of networks implanted in profitable areas compared with the networks established in rural areas or with less population. The neutrality net principle, aimed at preventing from the discrimination regarding the quality service, should inspire a regulation promoting the investments for the high capacity networks in the needed areas. It should allow all the people to access essential services, as searching employment, telework, telemedicine, relationships with the administration and, in general, participation in public and social life. Electronic communications networks should not be a business issue, but a public good whose financial support and maintenance must be proportional to the profit gained for their use.

Keywords: neutrality; public electronic communications networks; universal service; broadband networks.;

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