Sentencia del Tribunal Constitucional 92/2024, de 18 de junio de 2024 (Recurso de inconstitucionalidad núm. 3630-2023). El derecho a interrumpir el embarazo a partir de los 16 años sin consentimiento de los representantes legales no vulnera el principio de interdicción de arbitrariedad de los poderes públicos, el derecho de los padres a que sus hijos reciban una formación religiosa y moral adecuada a sus convicciones, ni se opone al deber de proteger la vida prenatal. (RI §427298)
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