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CARMEN PEÑA (DIRECTORA), DERECHO CANÓNICO Y PASTORAL. CONCRECIONES Y RETOS PENDIENTES, DYKINSON, MADRID, 2021, 243 PP, ISBN: 978-84-1377-769-6
Por
SILVIA MESEGUER VELASCO
Universidad Complutense de Madrid
Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado 59 (2022)
En los últimos tiempos, las reformas legales introducidas en las diversas ramas del Derecho canónico ponen de manifiesto la sensibilidad del legislador para adecuar el ordenamiento canónico a las necesidades pastorales actuales y, al mismo tiempo, facilitar que la Iglesia siga cumpliendo su misión ordenada al bien de los fieles, a la salus animarum. En esta dirección, la obra colectiva Derecho Canónico y Pastoral. Concreciones y retos pendientes, dirigida por la profesora Carmen Peña, Profesora Propia Agregada de la Facultad de Derecho Canónico de la Universidad Pontificia Comillas y Presidenta de la Asociación Española de Canonistas, resulta oportuna y de enorme interés. Con acierto y rigor académico, aúna las contribuciones de un conjunto de profesores integrantes del grupo de investigación “Sistema jurídico-canónico y retos pastorales”, de la Facultad de Derecho Canónico de la Universidad Pontificia Comillas. Sitúan el foco de atención en el estudio de los nuevos desafíos pastorales que el ordenamiento jurídico de la Iglesia contemporánea plantea al hilo de la normativa vigente y de las recientes modificaciones legales en distintas materias.
Desde esta aproximación, el libro que presentamos se estructura en torno a siete interesantes capítulos, en los que cada autor analiza “la potencialidad pastoral” de institutos específicos regulados en los diversos libros del Código de Derecho Canónico. Interesa destacar que en todos ellos se detecta un hilo conductor: no se limitan a describir las reformas objeto de estudio, sino que reflejan las dudas que suscita su aplicación en la práctica, las posibles contradicciones con otras normas del ordenamiento canónico, las lagunas que surgen en su aplicación, y las cuestiones pendientes de respuesta. Por ello, es también un denominador común del trabajo de los profesores que participan en esta obra colectiva que, en sus respectivos capítulos, proponen interesantes soluciones y apuntan sugerentes interpretaciones encaminadas a integrar las modificaciones legislativas con las necesidades pastorales actuales del ordenamiento canónico.
De este modo, se refleja claramente en el primer capítulo elaborado por el profesor Miguel Campo-Ibáñez, que centra su estudio en la dimensión pastoral del Derecho patrimonial canónico. En particular, realiza un riguroso análisis desde la perspectiva transversal que se desprende en los últimos documentos de la Santa Sede sobre la administración de los bienes eclesiásticos, dirigidos específicamente a los institutos de vida consagrada y a las sociedades de vida apostólica y que, como defiende el autor, son aplicables igualmente para todas las personas jurídicas públicas y privadas. En todo caso, la estrella polar de la administración de dichos bienes la sitúa en la dimensión pastoral; en su necesaria administración alineada con el ser y misión propios de la Iglesia católica, sin perjuicio de que se utilicen técnicas e instrumentos de gestión del mundo secular. Junto a ello, el Profesor Campo-Ibáñez realiza un interesante estudio del concepto y la función de liderazgo de la autoridad eclesiástica, prestando especial atención a la relevancia del rol de liderazgo de los ordinarios diocesanos como guía para orientar la administración de los bienes temporales dentro del contexto de la misión de la Iglesia.
Por su parte, en el segundo capítulo, el profesor Rufino Callejo dedica su contribución a realizar un notable recorrido por los cánones del Código de Derecho Canónico que regulan los derechos fundamentales de los fieles y, en concreto, por los derechos y obligaciones de los religiosos. Desde esta aproximación, con acierto, aborda las consecuencias prácticas que se derivan de una interpretación reduccionista del voto de obediencia y de la potestad de los superiores en los términos que expresa el c. 601. De ahí que, con el objetivo de buscar un equilibrio y la necesaria compatibilidad entre obediencia y derechos fundamentales de los religiosos (sobre todo, de las religiosas), el profesor Callejo apunta unas interesantes propuestas pastorales y sugerencias de iure condendo, encaminadas a revisar la formulación del voto de obediencia y a favorecer que, en la praxis, el status de los religiosos se equipare a los derechos de todos los fieles.
El profesor Teodoro Bahíllo Ruiz analiza, en el tercer capítulo, la dimensión pastoral en la regulación canónica de la función de santificar que, a su juicio, es donde se manifiesta de una forma más nítida e incuestionable “la dimensión estrictamente religiosa y pastoral de la realidad eclesial”. Con este objetivo, realiza un interesante recorrido por los “principios-guía” presentes en el Libro IV del Código de Derecho canónico que, con una clara dimensión pastoral, sirven para resolver los conflictos que se plantean entre el reconocimiento del derecho de los fieles a recibir los sacramentos y los límites del acceso a los mismos. Sobre la base de las directrices y orientaciones de la Iglesia, ofrece respuestas concretas a las diferentes situaciones matrimoniales irregulares que se presentan en la actualidad y, al mismo tiempo, nos acerca a algunos de los retos pendientes en relación con el cambio de género y sus consecuencias en la recepción de los sacramentos. El profesor Bahíllo anima, además, a ser cautelosos y a promover una unidad de criterios, incluso a través de unas necesarias orientaciones a nivel eclesial, para estudiar, caso por caso, las situaciones más complejas, sin dejar su resolución al acierto mayor o menor de cada autoridad responsable.
A continuación, la profesora Cristina Guzmán aborda en su capítulo la dimensión pastoral de la función de enseñar y, en particular, se centra en la valiosa contribución pastoral que se desarrolla en las universidades de la Iglesia católica. Para ello, realiza un riguroso estudio de la normativa canónica sobre dicha vertiente pastoral universitaria, desde 1917 hasta la actualidad, en la que se pone de relieve “la obligación de la Iglesia de tener una presencia en la cultura universitaria estatal”. Resulta particularmente interesante la exposición de la doctrina de San Juan Pablo II, Benedicto XVI y del Papa Francisco sobre esta cuestión, y el notable recorrido que realiza sobre la implementación de la vertiente pastoral, y también solidaria, en siete universidades católicas españolas. A juicio de la autora, en todo caso, para que esta pastoral universitaria pueda desplegar todos sus efectos resulta imprescindible la implicación y la participación activa de los distintos miembros de la comunidad universitaria y, además, contar con la colaboración de otras personas e instituciones, de la Iglesia o fuera de ella.
El profesor José Luis Sánchez-Girón Renedo, en el capítulo quinto, analiza la facultad de absolver el pecado de aborto concedida por el Papa Francisco a todos los sacerdotes con motivo del Jubileo Extraordinario de la Misericordia, facultad confirmada en la Carta Apostólica Misericordia et misera de 20 de noviembre de 2016. Con acierto, enfoca su análisis desde el “verdadero valor e interés pastoral” que suscita esta cuestión y en la necesidad de resolver algunas consecuencias derivadas de la legislación codicial. A estos efectos, se detiene a explicar con detenimiento la regulación vigente del c. 1398 del CIC, que establece la pena de excomunión latae sententiae, y aporta interesantes criterios para dilucidar algunas cuestiones que plantean conflictos en la práctica para integrar la concesión papal sobre el pecado de aborto en la normativa canónica actual.
La profesora Carmen Peña, con la rigurosidad a la que nos tiene acostumbrados, realiza un interesante estudio en el que nos acerca a la dimensión pastoral de los procesos canónicos de nulidad matrimonial. En concreto, a la dimensión pastoral de los procesos canónicos de nulidad matrimonial y de la actuación de los tribunales eclesiásticos tras el Mitis Iudex. El punto de partida naturalmente es el análisis del citado Motu proprio como respuesta a las necesidades pastorales que se derivan de algunas situaciones personales y familiares de los fieles, puestas ya de manifiesto en el Sínodo de la Familia, y que tiene como objeto permitirles “alcanzar la paz de conciencia y una clarificación de su situación en la Iglesia coherente con la verdad de su vida y respetuosa con la indisolubilidad del matrimonio”. Pero no se queda ahí su estudio. La praxis de estos cinco años de aplicación, en paralelo, le permite mostrar algunos de los retos pendientes desde una perspectiva práctica conectada con la realidad pastoral. La profesora Peña presta especial atención a la necesidad de alcanzar una mayor coordinación entre los distintos organismos responsables encargados del cuidado pastoral de la familia, a la obligada revisión de las praxis forenses actuales y a la necesidad de invertir en medios y personas implicados en estas tareas. Atender a estas imprescindibles cuestiones, a su juicio, es esencial para la efectiva implementación de la reforma procesal y de sus objetivos, y abre un campo de actuación y de revisión de las diversas estructuras pastorales diocesanas y del ámbito estrictamente judicial.
Por último, el profesor Carlos M. Morán Bustos, desde su contrastada experiencia como Decano del Tribunal de la Rota Española, aborda las crisis conyugales como uno de los principales desafíos pastorales de la Iglesia en la actualidad. En la primera parte de su trabajo abunda en la normalidad y en las causas más significativas de las crisis conyugales para, a continuación, apuntar algunos criterios en relación con la prevención de los matrimonios nulos, y destacar la notable importancia de la dimensión pastoral que debe acompañar a estos procesos. Especialmente interesante resulta la posición esperanzadora que adopta ante la resolución de dichas crisis que, en paralelo, le permiten asumir una análoga actitud ante el matrimonio y la familia. En consecuencia, desde una aproximación realista de la complejidad de las crisis matrimoniales actuales, nos muestra la necesidad de mejorar la preparación al matrimonio desde la perspectiva de la prevención de las dificultades conyugales futuras y, al mismo tiempo, apunta algunos criterios de especial relevancia que se han de tener en cuenta por el juez para valorar los supuestos, de no fácil solución, en los que el desafío implicará “hacer un esfuerzo para conciliar cada vez más, de una parte, el ius connubii que corresponde a todos los fieles, y por otra, la indispensable preparación para recibir el sacramento del matrimonio”.
En definitiva, el valor de esta obra colectiva reside en abordar cuestiones de enorme actualidad y calado desde la función esencial que desempeña la dimensión pastoral en instituciones concretas que demandan adecuarlas a las necesidades de los fieles del siglo XXI. No nos queda más que felicitar a la Directora de este grupo de investigación, y a los profesores que forman parte del mismo, por la oportuna elección del tema de investigación y por este magnífico trabajo, que permite, en palabras de la profesora Peña, que la notable vitalidad y constante actitud de aggiornamento del Derecho canónico sea conocida y aplicada correctamente.