Logo de Iustel
 
 
Sello de Calidad de la Fundación Española para la Ciencia y la TecnologíaDIRECTOR
Antonio Fernández de Buján
Catedrático de Derecho Romano de la Universidad Autónoma de Madrid

SUBDIRECTOR
Juan Miguel Alburquerque
Catedrático de Derecho Romano de la Universidad de Córdoba

Menú de la revista

Conexión a la revista

Conectado como usuario

 

Para la descarga de los artículos en PDF es necesaria suscripción.

Pulse aquí si desea más información sobre cómo contratar las Revistas Generales de Derecho

Puede consultar el texto íntegro del artículo a continuación:

La modernización de la docencia por influencia de la sociedad de la Información y de las nuevas tecnologías: e-learning y Derecho Romano. (RI §406638)  

- José Luis Zamora Manzano

I. LA INCURSIÓN DEL DERECHO ROMANO EN LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS Y SU DESARROLLO. II. EVOLUCIÓN DE LAS TIC: EL DESARROLLO DE LAS BASES DE DATOS ON LINE Y LA APARICIÓN DE LAS WEBS SOBRE DERECHO ROMANO. III. UN NUEVO MODELO PEDAGÓGICO DE LA FORMACIÓN DEL DERECHO ROMANO EN RED. 3.1. Docencia del Derecho romano: los soportes electrónicos y el diseño del e-learning. 3.2. Las nuevas bases pedagógicas: ventajas que proporciona la teleformación. IV CONSIDERACIONES FINALES.

Palabras clave: Entorno virtual de aprendizaje EVA; e-learning; Sociedad de la Información y de las Comunicaciones TIC; Moodle;

LA MODERNIZACIÓN DE LA DOCENCIA POR INFLUENCIA DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN Y DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS: E-LEARNING Y DERECHO ROMANO

Por

JOSÉ LUIS ZAMORA MANZANO

Profesor Titular de Derecho Romano

Universidad de las Palmas de Gran Canaria

[email protected]

Revista General de Derecho Romano 10 (2008)

“Al Profesor Antonio Fernández de Buján,

con ocasión del vigésimoquinto aniversario en la

Cátedra”

SUMARIO: I. LA INCURSIÓN DEL DERECHO ROMANO EN LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS Y SU DESARROLLO. II. EVOLUCIÓN DE LAS TIC: EL DESARROLLO DE LAS BASES DE DATOS ON LINE Y LA APARICIÓN DE LAS WEBS SOBRE DERECHO ROMANO. III. UN NUEVO MODELO PEDAGÓGICO DE LA FORMACIÓN DEL DERECHO ROMANO EN RED. 3.1. Docencia del Derecho romano: los soportes electrónicos y el diseño del e-learning. 3.2. Las nuevas bases pedagógicas: ventajas que proporciona la teleformación. IV CONSIDERACIONES FINALES.

I. LA INCURSIÓN DEL DERECHO ROMANO EN LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS Y SU DESARROLLO

Las TIC han posibilitado (1), como todos ya sabemos, una serie de profundos cambios en las estructuras sociales y económicas del mundo actual, la universidad está sirviéndose de los avances tecnológicos para mejorar el acceso y la transmisión de conocimiento. De esta forma se está fomentando el uso de los medios electrónicos a fin de obtener una educación de más calidad, versatilidad y difusión. Ya en el año 97 Nicola Palazzolo reconocía el fenómeno en un primer estadio de las TIC por la importancia de las aplicaciones informáticas en el campo del Derecho romano sobre todo por el incremento del uso del ordenador y de la proliferación de las bases de datos como BIA, FIURIS, DRANT. Asimismo hacía hincapié en algunas reuniones científicas (2) que habían servido para poner de manifiesto la importancia entre la informática y el Derecho y en la creación de Centros especializados como el C.I.R (Centro interuniversitario per l´informatica Romanistica) creado en Catania en 1992 o el de reciente constitución el ITTIG (3) L'Istituto di Teoria e Tecniche dell'Informazione Giuridica.

En un primer momento la aparición de las nuevas tecnologías permitieron la creación y el desarrollo de bases de datos que han sido y son un gran apoyo en la investigación romanística (4).

Es evidente que los continuos cambios tecnológicos (5) y el desarrollo de recursos y nuevos programas y sistemas operativos informáticos (6), cada vez más dinámicos en entornos y plataformas más intuitivos (7), demandará nuevas versiones en las bases de datos que son ya clásicas entre los romanistas y que constituyen un apoyo en nuestra investigación diaria, las más conocidas son:

- BIA Biblioteca Iuris Antiqui (8) con sus dos ediciones 1994 que trabajaba en el sistema MS-DOS y su adaptación a entorno WINDOWS que se llevó a cabo con el BIA 2000 del año 2002.

- FIURIS (9) 1994, Archivio elettronico per l´interpretazione dlel fonti giuridiche romane.

- DRANT (10) 1992, banco de datos de Droits Antiques, ROMTEXT (11) una base que ha quedado inserta posteriormente en una de las partes del BIA, en las FONTES.

- También debemos tener en cuenta otra database complementaria la BTL (12) Biblioteca Teubneriana Latina 1999.

- En 1996 se creó una base de datos bautizada con el nombre de BIT-ROM (13) Biblioteca Tascabile Romanistica (14) que fue presentada a la comunidad científica en la LII sesión de la Société Fernand de Visscher pour L´Historie des Droits de l´Antiquité, posteriormente cambió el nombre al actual BD- Rom 2004 Biblioteca Digitale Romanistica. En el volumen primero, dirigido por Palazzolo se encuentran digitalizados los manuales de Derecho público romano publicados entre 1839 y 1920 (15), la finalidad perseguida es más que evidente disponer de un importantísimo patrimonio bibliográfico de obras clásicas de acceso rápido con un potente motor de búsqueda de información que es, a fin de cuentas, lo que hoy en día se exige en una buena base de datos. Aún faltan por desarrollar otros volúmenes según el proyecto original; el último CD publicado es el de 2006 vol. II Studi sulle fonti giuridiche romane también bajo la dirección científica del profesor Palazzolo que, como ya hemos indicado, es director del ITTIG desde donde se está centralizando todo lo relacionado con la especialización en la documentación del derecho y el lenguaje jurídico en relación con las nuevas TIC.

Este constituye a nuestro juicio un primer estadio en la modernización de nuestra disciplina marcada por el desarrollo de bases de datos iusromanísticos y su perfeccionamiento por el avance de los sistemas operativos y las mejoras con la integración de interface más dinámicas. Estos cambios también permiten, como veremos más adelante, la digitalización de manuales en soporte CD o DVD y conservar algunos de los incunables.

II. EVOLUCIÓN DE LAS TIC: EL DESARROLLO DE LAS BASES DE DATOS ON LINE Y LA APARICIÓN DE WEBS SOBRE DERECHO ROMANO

Ahora bien, un segundo estadio va referido a la proliferación de las bases on line fuera de los soporte CD-Rom y la aparición de portales específicos de Derecho romano que permiten: consultas on line de fuentes, acceso a bases de datos con o sin clave de acceso, publicación y consulta de revistas electrónicas de Derecho romano etc…, todo ello facilita nuestra investigación y proyección del Derecho romano. De hecho podemos consultar revistas accediendo desde cualquier ordenador, pda etc… En este sentido la cita de revistas electrónicas, bases de datos, cds y cualquier documento redactado en soporte electrónico tienen normas específicas a la hora de ser citadas ya que se aplica la normativa ISO 690/2 (16). Son muchos los errores que se cometen por parte de autores que simplemente citan la URL o citan mal una base de datos sea en CD o en línea, por ello debemos tener en cuenta como establecer las referencias en base a dicha normativa.

El elemento mas revolucionario de las TIC es la propia red, la importancia de Internet siempre se ha puesto de manifiesto desde el principio con la Web 1.0 cuando eran simples páginas estáticas HTML, hasta hoy en día con un desarrollo de la Web 2.0 mucho más dinámica, de hecho la mayoría de las bases de datos ya cuentan con acceso on line. Es lógico que el soporte en CD-Rom pueda quedar desfasado y la red proporciona versatilidad a la hora de mejorar las database.

Patricia Sciuto (17) escribía en la década de los noventa que Internet era el medio para comunicar de la manera más rápida posible el saber recibiendo información instantánea de datos, destacando la posibilidad de consultar desde casa catálogos de bibliotecas OPAC (Online Public Access Catalogue) (18). Pero el desarrollo tecnológico ha continuado y se abren nuevos horizontes con la llamada Web 2.0 basada en comunidades de usuarios y una gama de servicios desde la integración de los blogs, wikis que fomentan el trabajo colaborativo y el intercambio más dinámico de información, lo que hoy en día se demanda para la formación e-learning (19).

Internet permite que el texto escrito tenga un nuevo canal de comunicación para llegar al lector sin conocer ningún tipo de frontera permitiendo al romanista el acceso al mismo pudiendo editarlo, cortarlo, pegarlo, guardarlo o imprimirlo. El documento al estar digitalizado (mediante software OCR, Optical character recognition) permite consultar textos sin el riesgo a que éstos sufran deterioro en un ordenador, pda, teléfono , blackberry etc. El cambio de soporte de papel al electrónico (20) proporciona, sin lugar a dudas, una mayor utilidad y versatilidad a la hora de interactuar con los distintos programas de edición de textos.

La proliferación de páginas y portales sobre Derecho romano ha ido creciendo en los últimos años, lejos quedan las simples páginas con hipertexto ya que ahora se van dotando de mayor complejidad gracias a la infraestructura de la Web 2.0 , buscando el intercambio de información, así nos encontramos con bases de datos on line, mailing list, el acceso a proyectos de digitalización de fuentes y libros antiguos, catálogos opac, foros y blogs con un mayor feedback o retroalimentación en los contenidos, a lo que se une la utilización de los wikis (21) que fomentan el trabajo colaborativo.

Es cierto que las bases que citábamos en el apartado anterior se pueden volcar en una intranet para poder ser manejadas desde una red pero lo cierto es que hay bases como DRANT (22) que tienen su soporte también on line.

El desarrollo de las páginas web está a la orden del día solo tenemos que teclear en el google o en otros buscadores como mozilla, firefox, yahoo o en la reciente Wikia Search (23), la palabra derecho romano o fuentes y nos aparece todo un elenco de páginas. El principal problema que se presenta es la actualización de las mismas, a veces existen otros inconvenientes con los reenvíos a los links o enlaces que no están puestos al día (24). Patricia Sciuto (25) ya afirmaba hace unos años que los romanistas hacían un uso escaso de la red, pero lo cierto es que hoy en día el panorama ha cambiado, cada vez más la tecnología se va imponiendo tanto en los métodos de investigación como en la docencia (26). Una primera utilidad de la red, como comenta la autora, fue la de crear las mailing list y a ello contribuyó enormemente la página de Ernest Meztger (27) traducida al inglés y al alemán ha contribuido a la difusión de fuentes y a la creación de un mailing list de estudiosos de Derecho romano. En igual sentido surgió la iniciativa de crear un foro telemático de discusión sobre ius romanum del prof. Tomas Rüfner (28) cuya site esta traducida al latín, inglés, alemán e italiano; esta web invita a los romanistas a participar en la elaboración del Corpus iuris civiles en hipertexto con integración de fragmentos de la glosa de Accursio.

Debemos hacer una referencia especial al Portal Jurídico Iustel (29) que cuenta con más de cuatrocientas suscripciones en Europa y Latinoamérica. El portal jurídico esta muy bien estructurado y diseñado, y contiene además un Buscador Universal (30) y una serie de database: la de Legislación, Jurisprudencia, o la importantísima Base de Conocimiento Jurídico (31) donde encontramos más de cien temas sobre Derecho romano y también la de Bibliografía Jurídica que permite a los usuarios localizar rápidamente y de forma intuitiva, rellenando el campo del correspondiente formulario, obras, artículos y autores. Los campos que contienen permiten la búsqueda por Autor, Título, Sumario, Texto libre y la correspondiente referencia de la propia Iustel (RI).

Por otro lado debemos señalar que entre sus Revistas Generales (32) contamos con una específica de Derecho Romano cuyo director es D. Antonio Fernández de Buján y el subdirector D. Juan Miquel Alburquerque. La revista permite a los romanistas difundir sus estudios con mayor impacto a través de Internet como mass media y acceder a artículos, bibliografía, colecciones, monografías pendientes de publicación (33), enlaces y datos de interés e información académica en relación a Congresos y otros eventos científicos de Derecho romano. Por tanto Iustel (34) es un paradigma de referencia dentro de las TIC al servicio de la difusión tanto por sus bases de datos on line, en especial la de Conocimiento Jurídico, como por las Revistas Generales que contienen, y en particular la de Derecho romano.

La red facilita el trabajo corporativo de grupos de investigación e informa de Proyectos como el de Rüfner, otro ejemplo es el Proyecto es el Volterra (35) cuya fase inicial concluyó en 2004 y fue desarrollado por Department of History at University College London, the British Academy y la Arts and Humanities Research Board. El proyecto versa sobre el Law and Empire en la época 193 a 455 d.C. y la web contiene una base de datos on line de los textos imperiales de dicho período.

Al margen de los numerosos proyectos (36) que utilizan la red para la difusión de su estado actual y de sus contenidos hay numerosas páginas webs sobre Derecho romano que además se remiten entre ellas por los links o enlaces, no pretendemos citar aquí todo el elenco pero podemos citar como ejemplo la misma página del proyecto Volterra , la de Mezger, también con numerosos links la mayoría van referidos principalmente a revistas on line (37) que contribuyen a la difusión del Derecho romano en la red, a las fuentes y a otros proyectos (38). Es frecuente encontrar páginas cuyos enlaces no están actualizados, ello obedece a la falta de actualización y a cambios en los web hosting de las páginas, pero es normal dado los costes de mantenimiento, por esta razón creemos que seria conveniente unificar algunas webs y actuar por medio de sinergias.

La tecnología de hoy demanda unas webs más dinámicas e intuitivas, las propias páginas pueden quedar desfasadas rápidamente (39) por no introducir mejoras y cambios que reclaman los nuevos lenguajes de programación y la introducción de las folcsonomías (40) y su reflejo en los blogs (41) , los wikis y la sindicación o agregación de datos RSS (42) (Sindicación Realmente Simple). Es obvio que el mantenimiento y la realización de páginas genera unos costes, y es normal que con el tiempo el acceso a muchos contenidos sea de pago. Al margen del interés comercial, los costes que se producen se justifican por la necesidad de mantener el dominio, el hosting o alojamiento, la actualización de la web, inserción de sus links, la optimización de los motores de búsqueda etc...

La importancia de Internet en nuestro siglo es obvia ya en el Programa de trabajo detallado para el seguimiento de los objetivos concretos de los sistemas de educación y formación en Europa [Diario oficial C 142 de 14.6.2002] se estableció entre sus prioridades: Facilitar equipos y programas informáticos educativos adecuados y la promoción y la mejor utilización posible de las técnicas de enseñanza y aprendizaje innovadoras basadas en las TIC (tecnologías de la información y la comunicación). A ello contribuyó otra de las metas establecidas que fue el facilitar a todos el acceso a la formación y a la comunicación, esto ha quedado plasmado en la Declaración de Berlín (43) que en su prefacio señala: “Internet ha cambiado fundamentalmente las realidades prácticas y económicas relacionadas con la distribución del conocimiento científico y el patrimonio cultural. Por primera vez en todos los tiempos, Internet nos ofrece la oportunidad de construir una representación global e interactiva del conocimiento humano, incluyendo el patrimonio cultural, y la perspectiva de acceso a escala mundial” estableciendo entre sus metas “Nuestra misión de diseminar el conocimiento será incompleta si la información no es puesta a disposición de la sociedad de manera expedita y amplia. Es necesario apoyar nuevas posibilidades de diseminación del conocimiento, no solo a través de la manera clásica, sino también utilizando el paradigma del acceso abierto por medio de Internet. Definimos el acceso abierto como una amplia fuente de conocimiento humano y patrimonio cultural aprobada por la comunidad científica”.

El acceso abierto a las fuentes de conocimiento y el desarrollo de la investigación en nuestro campo se ha ido incrementando por las numerosas bases de datos y por la proliferación de portales específicos de Derecho romano que hemos citado anteriormente. El acceso a las bibliotecas on line mediante OPAC no es nada nuevo, si lo es el acceso a bibliotecas digitalizadas (44), aquí existen novedades importantes como el proyecto de Google (45) books que trata de digitalizar bibliotecas (46) para que todos tengan acceso a sus contenidos. Empero, estuvo a punto de irse a pique inicialmente después de que un grupo de editoriales y autores demandasen a la compañía por infringir los derechos de propiedad intelectual, por este motivo la biblioteca virtual se comprometió a publicar solamente los textos completos de libros para los que ya habían expirado estos derechos. En el caso del material que todavía esté sujeto a propiedad intelectual, los usuarios podrán acceder a datos básicos de la publicación como título y autor, así como información sobre dónde puede ser adquirida previo pago.

También debemos hacer referencia a los llamados e-books (47), libros o publicaciones digitalizadas que están preparados para ser comercializados por Internet y que presentan la ventaja de poder ser visualizados y descargados de forma rápida en cualquier lugar, además permiten abaratar los costes de producción siendo su precio más económico.

Es evidente que el desarrollo de las TIC va a cambiar (48) nuestro método de trabajo, los cambios continuos de las plataformas, sistemas operativos etc.. hacen que necesitemos formación continua en las herramientas que nos brindan un acceso directo a las fuentes, bases, revistas, e-books etc... Debemos aprovechar los recursos y crear institutos y grupos de investigación específicos en el estudio de las aplicaciones tecnológicas al Derecho romano.

III. UN NUEVO MODELO PEDAGÓGICO DE LA FORMACIÓN DEL DERECHO ROMANO EN RED

Las tecnologías aplicadas a la educación superior (49) no sólo abren un nuevo escenario en la forma de enseñar y aprender, así como en los procesos administrativos y de servicios complementarios a la formación y a la investigación, sino que cada vez más se muestran como el único escenario posible de futuro (50).

La utilización de los Entornos virtuales (51) de aprendizaje (EVA) como modelo de teleformación se va a ir desarrollando en el presente siglo como instrumento de desarrollo de la docencia, ya hemos visto la importancia que supone la producción de estas plataformas para la creación del trabajo de investigación corporativo y la conformación de bases de datos y revistas que permiten una difusión de los contenidos en la web. Ahora bien, como señala Marquès Graells (52), en la docencia el concepto de universidad a distancia no es nuevo, la primera fue la UNED (53) y posteriormente se han ido incorporando otras como la UOC (54) con un modelo virtualizado asíncrono. El hecho de que Internet haya facilitado y mejorado el canal de información y las comunicaciones plantea el que las universidades presenciales empiecen a ofrecer cursos en modalidad no presencial on line como modelo de internacionalizacion de la educación a través de Internet como mass media (55).

Los modelos principalmente síncronos que utilizan las TIC como complemento a las clases, para realizar videoconferencias, debates on-line, chat, foros de discusión, wikis , blogs etc... son los que cada vez se van imponiendo en las Universidades españolas (56). Se deben potenciar, hoy en día, las sinergias, de ahí que sea conveniente la convergencia hacia modelos híbridos que incorporen las posibilidades sincrónicas y asincrónicas esto es, por un lado clases presenciales con estrategias docentes tradicionales, complementadas con las nuevas tecnologías integradas en un campus virtual teleformativo que permita un nivel elevado de interacción del profesor y el alumno. Pero también abriendo el ámbito teleformativo a cursos de grado y especialización para todos aquellos que carezcan de tiempo para asistir a clases presenciales, fenómeno que cada vez se va produciendo con más frecuencia en nuestra sociedad.

3.1. Docencia del Derecho romano: los soportes electrónicos y el diseño del e-learning

La aplicación de las nuevas tecnologías en el ámbito de la docencia del Derecho romano no es algo nuevo; una de las webs más citadas por la doctrina romanística, en la cual se encuentra un entorno virtual en un primer estadio, la podemos encontrar en la página de Roger Vigneron (57), inicialmente este romanista se sirvió de la televisión con un programa en TV5 Europe, posteriormente utilizó el CD-rom que incluía en sus libros hasta que finalmente los recursos se colgaron en Internet. Su web es bastante intuitiva con un gran numero de páginas en hipertexto (58) que constan de cinco partes: el Syllabus, con temas resumidos de la asignatura, el Vocabulaire que contiene las voces latinas más relevantes, un cuestionario de múltiples respuesta para verificar los contenidos QCM (Question multiple choice), una sección que consta de textos, biografía , bibliografía y una última parte donde se pueden visualizar videos explicativos. A mi juicio esta muy bien elaborada y reclama algunas modificaciones como por ejemplo introducción de blogs, wiki e incluso la posibilidad de sindicación de contenidos RSS.

Al margen de esta página han existido desde el punto de vista docente numerosos CDs que en su día constituyeron un hito importante y han servido para aprovechar la innovación tecnológica en nuestro campo, uno de ellos fue elaborado por el profesor Juan Miquel, CD Quaestiones UOC 1997 (59) en la que se presentaban actores ataviados como ciudadanos romanos que planteaban numerosos supuestos prácticos. Otros CD-rom que han servido para complementar algunos de los manuales de enseñanza del Derecho romano fueron elaborados en la UNED por el profesor García Garrido con la realización de un CD-rom en formato hipertexto en concreto el de resolución de casos prácticos “el Responsa” (60) y el del profesor Fernández de Buján (61) como complemento a su obra “Sistema Contractual Romano”. También en la web del Departamento de Derecho romano de la UNED nos encontramos enlaces a emisones radiofónicas que se pueden descargar también de la web del departamento (62). Éstas, sin duda contribuyen a mejorar la enseñanza a través de las modernas tecnologías, de hecho hoy en día podemos escucharlas en cualquier reproductor de sonido, probablemente en el futuro las emisiones queden establecidas dentro del llamado podcasting esto es, la creación de archivos de sonido generalmente en formato mp3 que pueden también ser sindicados como archivos RSS.

Pero ¿cual es la tendencia? ¿qué modelo que debemos desarrollar dentro del E-learning (E-Derecho romano)?: Hoy en día el papel de los formadores no es tanto "enseñar" (explicar-examinar) unos conocimientos que tendrán una vigencia limitada y estarán siempre accesibles, como ayudar a los estudiantes a "aprender a aprender" de manera autónoma en esta cultura del cambio y promover su desarrollo cognitivo y personal mediante actividades críticas y aplicativas que, aprovechando la inmensa información disponible y las potentes herramientas TIC (63), tengan en cuenta sus características (formación centrada en el alumno) y les exijan un procesamiento activo e interdisciplinario de la información para que construyan su propio conocimiento y no se limiten a realizar una simple recepción pasiva-memorización de los contenidos de nuestra disciplina.

La construcción de un entorno virtual de aprendizaje exige unas buenas herramientas y un entorno de gestión adecuado, las más conocidas son la WebCT (64) (Web Course Tools, o Herramientas para Cursos Web) y Moodle (65) (Modular Object-Oriented Dynamic Learning Environment (Ambiente de Aprendizaje Dinámico Modularmente Orientado a Objetos).

La utilización de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación con el propósito del aprendizaje son designadas bajo la expresión e-learning. Esta modalidad formativa permite:

.- una formación completamente a distancia y semi-presencial que permite reducir la presencialidad de los cursos de formación y el acceso a contenidos, tareas y actividades a través de las Plataformas tecnológicas o los EVA.

.- eliminar las distancias físicas manteniendo una comunicación y un feedback mediante los recursos más comunes como el correo electrónico, el foro, el chats y los blogs; favoreciendo así una mayor interacción.

.- flexibilidad porque el alumno accede a la plataforma en el momento en que dispone de tiempo. La planificación del campus virtual debe permitir el acceso a través de clave personal y el contenido debe estar optimizado según los créditos de la asignatura teniendo presente como herramientas:

.- unos contenidos estructurados por materias de fácil uso por parte de los alumnos, en la Universidad de las Palmas contamos con la herramienta HeGe (66) (Herramienta de gestión de contenidos que permite publicar en la web) que nos permite colgar esquemas y cuadros sinópticos que se explican en las clases presenciales (67); además se publica en la web institucional el proyecto docente (68), exámenes, enlaces etc... Algunos ya se han incorporado al Campus virtual de la asignatura que utiliza como sistema de gestión de la plataforma, el Moodle. A esto debemos añadir una nueva interface que está empezando a utilizarse en nuestra Universidad, el Prometeo (69), permite colgar videos docentes, materiales multimedia en formato flash y supone un avance tecnológico importante.

- También es imprescindible planificar actividades dirigidas a comprobar la autoevaluación de su aprendizaje( preguntas de ensayo, de opción múltiple etc.) y actividades prácticas para resolver casos prácticos de Derecho romano.

Por tanto los EVA y el e-learning proporcionan una información minuciosa sobre el itinerario realizado por los alumnos en su proceso de formación. El beneficio principal de entender el e-learning en Derecho romano a partir de la creación de una comunidad de aprendizaje en torno a la materia, consiste en partir del inmediato diálogo como pilar central de todo el proceso.

La comunidad de aprendizaje electrónica nos proporciona oportunidades para mediar en algunos procesos de aprendizaje que están presentes en los contextos informales de las clases presenciales tradicionales, implementando el control y el proceso dado que existe un registro de todo que permite controlar todos los accesos de los alumnos y de esta forma preenviar los procesos y el itinerario realizado por el estudiante participante. En estos entornos el conocimiento es más dinámico, más activo y colaborativo, evitando la pasividad que frecuentemente exhibe el alumnado en las aulas. El e-learning a través del Campus virtual permite que todos los miembros de la comunidad sean partícipes en el proceso de aprendizaje además de fomentar el trabajo colaborativo.

En nuestro Campus virtual se cuelgan actividades y casos prácticos que son anunciados en el calendario de la comunidad junto a foros de debate en los cuales se resuelven las dudas. Debido a las dudas que surgen en relación a la terminología existe la posibilidad de crear un vocabulario o glosario mediante la herramienta wiki del EVA.

En definitiva dos enfoques pedagógicos a tener en cuenta la gestión de contenidos y las herramientas de comunicación e interacción que permiten el diálogo y el feedback. Ello requiere el fomento de las TIC al servicio de una educación de mayor difusión y versatilidad.

Dentro de las clases presenciales habría que hacer referencia a algunos aspectos tecnológicos como es el surgimiento de pizarras virtuales interactivas y la progresiva instalación de ordenadores en las aulas fuera de las aulas de informática que han ido proliferando en las Universidades en los últimos años y que sin duda marcará el futuro de la docencia.

3.2. Las nuevas bases pedagógicas: ventajas que proporciona la teleformación

El desarrollo tecnológico nos permite situarnos en un nuevo enfoque de enseñanza que da lugar a nuevas metodologías y nuevos roles docentes. De esta forma los nuevos horizontes en la metodología docente se van centrando más en el diseño y la gestión de actividades en los entornos virtuales de aprendizaje, en la dinamización y motivación de los estudiantes pasando a un segundo plano la transmisión de la información y la evaluación sumativa de la clase presencial tradicional (70). Para ello no cabe duda de la importancia de la capacitación del profesorado en el manejo de las TIC, en este sentido es labor de las instituciones el facilitar, incentivar y asesorar al docente de los medios tecnológicos para que éste los vaya integrando en su quehacer diario tanto docente como investigador. Aunque aquí nos encontramos los problemas de algunos docentes que se sienten amenazados por la fobia tecnológica o que son reticentes a la actualización didáctica y metodológica (71).

Internet es un medio ideal sobre el que construir las bases de los sistemas de teleformación, pero su uso correcto implica conocer el modo en el que se deben utilizar las distintas herramientas y servicios de dicha red para potenciar y maximizar el aprendizaje. Además de Internet, un gran número de recursos informáticos, como los CD-ROM multimedia, pueden ser aplicados con éxito como material de aprendizaje como ya hemos dicho anteriormente citando algunos de nuestra especialidad.

Prima facie el empleo del aprendizaje virtual por medio de las TIC no supone una garantía ni tampoco la panacea ya que debe venir acompañado de un control de calidad en los materiales y en los servicios virtuales y como señala Marquès Graells buenas prácticas docentes en su uso (72). Lo que no podemos poner en duda son las ventajas que propicia el e-learning o teleformación (73) una de ellas es la llamada just time training esto es la formación en el momento en que se necesita junto a la combinación de materiales (auditivos, visuales y audiovisuales), mayor interactividad en los recursos, la mayor flexibilidad, facilita la formación grupal y colaborativa. Además no cabe duda de que las personas con discapacidad pueden ser algunos de los grandes beneficiados de los avances que se produzcan en este campo, debido sobre todo a la superación de barreras físicas que suponen los nuevos métodos educativos que conforman la teleformación.

Pero el Campus virtual puede ser utilizado como infraestructura para la realización del trabajo colaborativo y cooperativo entre grupos de investigación para crear proyectos, seminarios, revistas etc... e incluso la creación de foros, blogs, wikis específicas de Derecho romano.

Muchas son las posibilidades que se presentan en torno al uso de las TIC, teniendo presente las diferentes variables educativas y didácticas para construir el aprendizaje y la secuencia instruccional.

Podemos citar algunas de las ventajas de la aplicación del e-learning:

Una de las principales ventajas de la teleformación es la democratización de la enseñanza. Gracias a ella un mayor número de personas puede acceder a la formación, puesto que desaparecen las barreras espacio-temporales. No hay límites para la comunicación, el intercambio de ideas y experiencias, el acceso a un gran número de información, etc. De esta forma, personas que antes tenían dificultades para estar en contacto continuo con los procesos de formación tienen ahora todo un abanico de posibilidades puestas a su disposición para una continua formación.

Otra de las ventajas que incorpora la teleformación, es que los cursos suelen ser interactivos, el usuario puede establecer contacto directo con la persona responsable del curso, con sus compañeros, con otros profesionales, etc., de manera rápida y fácil a través de servicios como chat, correo electrónico, etc.

Por otro lado los alumnos pueden elegir su propio itinerario de formación, según sus propias necesidades e intereses personales. También es importante señalar como los alumnos tienen la posibilidad de estar en contacto con otros estudiantes, por lo que se fomenta un trabajo cooperativo, los alumnos pueden intercambiar sus ideas y conocimientos, poner temas en común, consultar dudas, trabajar en grupo etc.

Podemos mencionar también como ventaja el formato de presentación de los cursos de teleformación, donde no sólo se suele haber información, sino que también imágenes, (tanto fijas como en movimiento), sonidos, gráficos, etc., haciendo que resulte atractivo y motivador para el alumno. Además es mucho más ilustrativo puesto que el alumno no sólo aprende leyendo, sino que también viendo, oyendo y practicando, puesto que estos programas suelen incorporar también un gran número de actividades que ponen a los alumnos en situación de tener que reflexionar sobre su propia práctica, tomar decisiones ante problemas, recordar determinados conceptos anteriormente explicados, etc. La existencia de múltiples plataformas tecnológicas nos permiten diseñar cursos de educación a distancia que son verdaderos entornos de aprendizaje, además cada día son también mayores las posibilidades que éstas nos ofrecen.

Es evidente que la formación llega a un mayor número de estudiantes al mismo tiempo lo que supone una reducción de esfuerzos y gastos, tanto humanos como económicos. Pero se consigue un incremento de la comunicación entre alumno-profesor y de los alumnos entre sí a través de herramientas como correo electrónico, chat, foros de discusión, blogs; al mismo tiempo que se produce un control por parte del alumno de su propio aprendizaje, el alumno se hace responsable de su desarrollo personal y toma conciencia de la importancia que tiene la formación a lo largo de toda la vida.

Pero no todo pueden ser elogios y a ello se une el problema del tecnocentrismo (74), es decir, situar la tecnología por encima de las bases pedagógicas del e-learning, de ahí que debamos también tener en cuenta algunos inconvenientes: por un lado se requiere un esfuerzo por parte del formador y del estudiante para que estén bien preparados en el uso y manejo de las nuevas tecnologías para que puedan aprovechar al máximo el potencial que pueden ofrecernos. Al margen de esto, los cursos de teleformación requieren una mayor labor de diseño que los cursos presenciales.

Otro de los problemas con los que nos encontramos es la inexistencia de normas de calidad de la formación, en la actualidad podemos encontrar una gran cantidad de cursos a través de Internet, pero no tenemos garantía de que estén bien diseñados ni de que los contenidos sean de calidad. Finalmente nos encontramos con otra desventaja el empleo de los EVA supone un coste de la infraestructura y su mantenimiento porque necesitamos disponer de buenos equipos que nos permitan trabajar de forma cómoda y rápida.

A pesar de los inconvenientes señalados no podemos soslayar la importancia creciente de las TIC y su incorporación en el ámbito formativo. Es cierto que su utilización requiere una serie de destrezas y que el rol del docente va a ir cambiando dentro de las Universidades que ya optan por la bimodalidad: presencial y on line. De ahí que el nuevo enfoque de la profesionalidad docente se vaya centrando más en el diseño, gestión de contenidos, control de actividades y la creación de un EVA dinámico e intuitivo con recursos que permitan una mejora en la docencia del Derecho romano, relegando a un segundo plano la transmisión simple de información de una clase presencial y la simple evaluación de sus contenidos. Ello lleva irremisiblemente un cambio en la elaboración, mantenimiento de la página web de a asignatura, tutoría virtual, ello supone que el docente debe cubre horas más allá de las horas de clase por la introducción de las TIC, teniendo presente además que hay otros ámbitos donde va incrementando su presencia: los postgrado y master.

IV. CONSIDERACIONES FINALES

En nuestro estudio hemos observado que el impacto de las TIC en el ámbito de la docencia e investigación del Derecho romano debe resultar, por los motivos anteriormente expuestos, positiva. Desde un primer momento se apreció la importancia de la aplicación de las nuevas tecnologías en el ámbito de nuestra disciplina ya vimos que el primer estadio se caracterizó por la aparición de las bases de datos contenidas en CD-rom, que han sido y son muy útiles en nuestra investigación, si bien el nivel de tecnificación que marca la aparición de Internet y la proliferación de portales específicos ha ido incidiendo aún más en la mejora y difusión del Derecho romano sobre todo en el ámbito científico, lográndose una mayor divulgación de los resultados de nuestras investigaciones iusromanísticas gracias a las numerosas revistas electrónicas que con el tiempo irán superando los materiales impresos.

Además la incorporación de las TIC permite el acceso a unas herramientas que permiten digitalizar manuales y permiten un mejor acceso a los mismos, evitando el deterioro de libros incunables, quedando todo ello almacenado en pequeños soportes desde los clásicos como CD-rom diskette, DVD-hd, tarjetas SD, redes o discos virtuales. Hoy todo tipo de información textual o audiovisual se va digitalizando de manera más rápida y fiable contribuyendo a una mejora en el acceso, facilitando el acceso a fuentes, revistas, proyectos de investigación, noticias, actas de Congresos, consultas en catálogos OPAC etc… contribuyendo y facilitando la difusión del Derecho romano y una mejora en la investigación y en la publicación de los resultados.

Asimismo hemos observado que las TIC marcan una nueva era en los procesos de enseñanza y aprendizaje y particularmente en la teleformación o e-learning; donde las funciones docentes y/o papel que el profesor debe realizar en el marco de un curso virtual son notoriamente distintas de la clase presencial. De ahí que se insiste en la figura y papel del tutor a distancia como el elemento clave para el éxito de esta modalidad educativa. Las TIC hacen que el docente deba desarrollar más el papel de supervisión y guía del proceso de aprendizaje del alumno que cumplir el rol de transmisor del conocimiento, este nuevo paradigma en la enseñanza debe ser aprovechado en la creación de recursos, en el diseño y gestión de actividades, aunque para ello debamos lograr una capacitación del profesor en las TIC, promoviendo la formación adecuada del Derecho romano y sirviéndonos de las ventajas que nos proporcionan en nuestro quehacer tanto docente como investigador.

NOTAS:

(1). MURILLO VILLAR, A., La influencia de las nuevas tecnologías en el estudio del Derecho romano, en Estudios jurídicos sobre la sociedad de la información y nuevas tecnologías, con motivo del XX aniversario de la Facultad de Derecho, Burgos, 2005, p. 491 ss. Publicado también RGDR 5, Diciembre de 2005, p. 1-21, disponible en [web en línea] [consulta 14 –03-2008].p1-22.Resume algunas de las aplicaciones de las TIC en relación a las bases de datos y la aparición de revistas electrónicas y páginas web específicas de Derecho romano que nos cita el autor.

(2). Se comentan dos sesiones de importancia el IV Congreso Internacional del C.E.D, celebrado en la Corte Suprema de Casación del 16 al 21 de Mayo del 88 bajo el tema: “Informatica e regolamentazioni giuridiche” que el autor confronta con las actas de otro posterior donde se percibe una evolución; nos referimos al celebrado en Roma el 25 y 26 de Febrero de 1994 bajo la temática “ Strumenti elettronici per l´interpretazione delle fonti giuridiche romane”, publicado en Informatica e diritto 2/95 p. 291-297.

(3). ITTIG[ web en línea]:< http://www.ittig.cnr.it/Ricerca/Tematica.php?Id=8> [Consulta Noviembre 04-11-2007] importante enlace sobre la temática del Derecho romano donde se establecen las líneas de investigación y relación del Derecho romano con las TIC en particular la aplicación de instrumentos telemáticos, digitalización de textos y bancos de datos de fuentes romanísticas. El profesor Nicola Palazzolo dirige el L'Istituto di Teoria e Tecniche dell'Informazione Giuridica (ITTIG) se constituyó con el Decreto del Presidente del C.N.R. el 12 de octubre de 2001 y es operativo desde Junio del 2002. Derivan de la fusión del CNR: l'Istituto per la Documentazione Giuridica (IDG), con sede en Florencia y el Centro di Studio sul Diritto romano e Sistema giuridici (CSDRSG) con sede en Roma. Asimismo es también director del C.I.R [web en linea]:< http://www.lex.unict.it/cir/default2.htm > [ Consulta Noviembre 04-11-2007].

(4). PALAZZOLO, N. , Strumenti informatici e Lessicografici come ausilio per la traduzione del Digesto, Atti del Convengo di Studi, Scientia iuris e linguaggio nel sistema giuridico romano, Sassari 22-23 noviembre 1996, Milano, 2001, p. 87 y ss.

(5). La implantación de la world wide web y los cds con formato de hipertexto para los bancos de datos fueron objeto de comentario de algunos romanistas que ya percibían un nuevo filón en la investigación y la docencia, VALENTINO, M, Anche il diritto romano in rete, Labeo 42, 1996, p.313 ss.. BRIGUGLIO, F., Navigare necesse est, Labeo 44, 1998 p. 491 hacía referencia a ese primer florecimiento de medios tecnológicos que habían abierto nuevas posibilidades a los romanistas contemporáneos no solo con la creación de Cd-rom o discos compactos de memoria que contenían bases de datos o libros digitalizados, sino también la importancia que había adquirido Internet y las web-on line que afecta, como señala l.a.: a la nuove posibilita di acquisire informazioni e di effettuare ricerche, che tali applicazioni tecnologiche consentono ai romanistici contemporanei.

(6). A día de hoy los nuevos cambios en los dos grandes Window vista de Microsoft o el Leopard ( versión 10.5 de Mac OS X, el sexto sistema operativo Mac OS X) de Apple, contienen amplias novedades en interfaces gráficas y de gestión de archivos. Si bien, no podemos olvidarnos del GNU/Linux como paradigma de lenguaje de código abierto o software libre.

(7). Los nuevos sistemas operativos con nuevos Interfaces Gráficos para la Visualización de Información (VIRI Visual Information Retrieval Interface) y su aplicación a las Bibliotecas Digitales y al World Wide Web demandan cambios cada vez más rápidos, y sobre todo bases de datos on line. El problema deriva de la comercialización de los mismos porque la gestión y actualización de páginas genera unos costes que demandará el pago por el servicio y el acceso.

(8). Quizá una de las más utilizadas y dirigida por Palazzolo en Catania en el CIR, una amplia base de datos que recoge en su Opera la bibliografía producida desde el año 1940 a 1998.Sobre un análisis de este banco de datos vid. LICANDRO ,O-. SPANPINATO-D, Biblioteca Iuris Antiqui, Bilancio e prospettive, en Informatica e Diritto fasc 1, 97 p. 191-214. Se compone de tres módulos fundamentales: a) Fontes, con la versión electrónica del Corpus Iuris Civilis, el Codex Theodosianus, la Collatio, la Consultatio, los Fragmenta Vaticana, el comentario de Gayo y el Epítome del mismo autor, los Fragmenta Augustodunensia, las Sententiae Pauli con la interpretatio visigotica, el Epítome de Ulpiano, el Edictum Theodorici, la Lex Romana Burgundiorum, las Constitutiones Sirmondianae y las Novellae posteodosianas que forman parte del Breviarium Alaricianum; b) Opera, la parte propiamente de repertorio bibliográfico con información relativa al Derecho romano y a otros derechos de la Antigüedad desde 1950 a 1989; c) Thesaurus, con los términos claves a partir de los cuales poder hacer búsquedas en cualquiera de los otros dos.

(9). Dirigida por P. Catalana y F. Sitzia. Vid. Sobre su génesis CATALANO-SITZIA, Archivio elettronico per l´interpretazione dlel fonti giuridiche romane, Index Quaderni camerti di Studio romanistici 20, 1992, p.291 ss.

(10). Creada por el centro de documentación de Droits Anticues 1995 tiene un CD-ROM ( para Mac)pero también es accesible on line en la dirección [ web en linea] http://www.misha.fr/flora/servlet/LoginServlet

>[ Consulta Noviembre 04-11-2007].

(11). Creado por J. Mener Institut für Römisches Recht, Universität Linz recoge en disquetes para los sistemas operativos MS-DOS, Macintosh en su contenido Leges, Senatus Consulta, Gai Institutiones, Fragmenta Vaticana, Ulpiani Epitome, Collatio, Scholia Sinaitica, Breviarium Alaricianum (con la Interpretatio), Codex Theodosianus (con la Interpretatio), Iustiniani Institutiones, Codex Iustinianus (parte latina), Digestae Iustiniani.vid. KLINGENBERG, Die ROMTEXT-Datenbank, en Informatica e diritto, 1995, fasc. 2, p.223 ss anteriormente TAFARO, "Rom Text", en INDEX. Quaderni camerti di studi romanistici 20 (1992) p. 307 ss.

(12). Base de datos publicada en el verano de 1999 que contiene unas 600 obras de cerca de trescientos autores latinos, desde los orígenes hasta finales del siglo II d.C., con inclusión de autores posteriores como Ausonio, Macrobio y Amiano Marcelino. El archivo electrónico ha sido realizado transfiriendo a formato electrónico los textos de la edición de la Bibliotheca Scriptorum Graecorum et Romanorum Teubneriana publicada por la casa editorial Teubner de Stuttgart y Leipzig, usándose la última versión o la mejor en el caso de varias ediciones de una misma obra.

(13). MAGGIO L. BIT-Rom, un archivio ipertestuale su disco ottico della letteratura giusromanistica, Informatica e diritto, fasc.1/97, p.231-239.

(14). La Biblioteca Tascabile Romanistica (BIT-Rom) fue obra del grupo de trabajo de Nicola Palazzolo y el Centro Interuniversitario per l'Informatica Romanistica (C.I.R.). Con un comité de redacción inicial compuesto por Francesco Arcaria, Orazio Licandro, Lucio Maggio, Patrizia Sciuto Consulenza informatica: Daria Spampinato. Inicialmente se habían previsto la edición de 7 CD : Trattati e manuali di Diritto pubblico e storia del diritto ,Opere di storia delle fonti giuridiche romane, Trattati e monografie sul processo civile romano, Trattati e monografie sul diritto e processo criminale romano, Opere istituzionali di Diritto privato romano , Trattati e opere generali di diritto privato romano (I), Trattati e opere generali di Diritto privato romano (II).

(15). Esta base de datos esta formada por libros digitalizados 15 publicaciones, 14 autores entre otros Abbot, Bouché, Karlowa, Mommsen, Willems, Rubino, Costa, Götlling.., permite manejar colecciones mediante la modalidad de catálogo (browsing) o búsqueda (searching), en la primera permite visulizar página a página y la segunda permite individualizar la obra por autor, título, editor y año de edición o también búsqueda semántica por voces asociadas a títulos, capítulos y parágrafos; fuentes citadas. Sobre esta database vid. MANNI, A., Diritto romano in digitale: il progetto BD-Rom, Index, 34, 2006, p. 729-733. Vid sobre el mismo también rencesión de GRIFÒ, G., Biblioteca Digitale Romanistica. Archivio elettronico della letteratura romanistica, SDHI, 72, 2006, p.554-557. Sobre el modo de empleo de la base de datos y su contenido. Vid. EUGENIO, F., Biblioteca Digitale Romanistica. Una eficaz herramienta de investigación, RGDR, 4, Junio 2005, p.1-18 disponible en [ web en línea] [consulta 9 –11-2007].

(16). Son aquéllos documentos que están en formato electrónico, creados, almacenados y difundidos por un sistema informático. Pueden ser definitivos o no, tanto en la forma como en el contenido. La norma ISO 690-2 especifica los elementos que hay que incluir en las citas bibliográficas de los documentos electrónicos y establece una ordenación obligatoria de los elementos de la referencia. Ofrece además una serie de convenciones para la transcripción y presentación de la información obtenida a partir de un documento electrónico. La información fuente se obtendrá del propio documento que habrá de estar disponible. La fecha de consulta es imprescindible para los documentos en línea. Los tipos de soporte posibles son: [en línea] [CD-ROM] [banda magnética] [diskette]. Las especificaciones para la elaboración de referencias bibliográficas de documentos electrónicos, en general, siguen las mismas pautas que para los documentos impresos.

(17). Internet e diritto romano, Informatica e diritto, fasc.1/97, p.249-257. Contiene citas a numerosas portales de derecho romano.

(18). Podemos citar como ejemplo la búsqueda en la biblioteca del Instituto Lepold Wenger für Antike Rechtsgeshicthe und Papyrusforschung [web en linea OPAC]:< http://141.84.97.70:8080/exist/cat/lwi-cat.xq?cat=alx>[ consulta:9 - noviembre- 2007]

(19). En relación a las aplicaciones de la tecnología en la enseñanza de nuestra materia ya se ha hecho referencia expresa en documentos electrónicos que se citan en red como el de Purpura que sostiene:.. il futuro si presenta con l’opportunità di una teledidattica, sviluppata dal piano d’azione europeo di e-learning che consente, non solo di surrogare le tradizionali forme d’insegnamento (di effettuare lezioni con la possibilità della partecipazione di docenti e studenti esterni, di teleconferenze o seminari, di assistenza continua e interattiva), ma ancora di sperimentare nuove forme (come chat, forum, test automatici di autovalutazione per un’apprendimento graduale, simulazioni, laboratori ed esperimenti virtuali, che consentono, soprattutto nelle discipline cd. “scientifiche”, notevoli risparmi delle attrezzature e dei costi dei materiali). PURPURA. P, Le nuove tecnologie informatiche aplicate alla ricerca e allo studio del diritto romano e dei diritti dell´antichità, Abril de 2002, [consulta del documento en línea] [consulta:9-11- 2007].

(20). SALOMON SANCHO, L., Nuevos medios de acceso a las fuentes del Derecho romano, RGDR 7, Diciembre de 2006, p. 1-21, disponible en [web en línea] [consulta 9 –11-2007].

(21). Sitio web en el que se permite a los usuarios editar libremente los contenidos. Es un término tomado de la lengua hawaiana que significa “rápido”. Así el objetivo es la publicación colectiva y abierta en la que el trabajo colaborativo se lleva a cabo por medio del propio interfaz web y enlaces de palabras. Uno de los ejemplos que ha logrado el éxito es la Enciclopedia libre Wikipedia, se edita en varios idiomas su url: http://es.wikipedia.org/wiki/Portada.

(22). [ web en linea]http:[ Consulta 04-11-2007].

(23). [web en linea:]< http://search.wikia.com/wiki/Search_Wikia>[Consulta 28-01-2008].

(24). Es frecuente encontrar enlaces donde al pinchar nos ponga el mensaje “The requested URL was not found on this server” por no estar actualizados.

(25). Internet e Diritto romano, op. cit, p. 251.

(26). MURILLO VILLAR, A., La influencia de las nuevas tecnologías en el estudio del Derecho romano, op.cit 498, en la nota 43 cita los links de la página Fundación Seminario Ursicino Alvarez de la Universidad Complutense.

(27). [ web en linea]< http://www.iuscivile.com>>[ Consulta 09-11-2007]. Entre otros aspectos destaca un potente motor de búsqueda de fuentes, direcciones de correos de romanistas, foros de discusión, material de enseñanza teaching, proyectos y grupos de investigación; y un sumario de noticias, eventos y novedades relacionadas con nuestra materia.

(28). [ web en linea]< http://www.jura.uni-sb.de/Rechtsgeschichte/Ius.Romanum/ >[ Consulta 09-11-2007].

(29). [ web en linea]< http://www.iustel.com >[ Consulta 14-03-2008]. Podríamos hacer un artículo comentando las utilidades del portal dada su buena estructura y actualización constante. El menú es de fácil manejo y contiene RSS para activar las alertas sobre: Conocer las novedades legislativas mediante la posibilidad de consulta inmediata del texto completo de todas las normas publicadas en las Disposiciones Generales de los boletines y diarios oficiales del Estado y las Comunidades Autónomas. Acceder a una selección diaria de la jurisprudencia más relevante y novedosa. Consultar las reseñas de las noticias de alcance jurídico publicadas en los diarios nacionales y las novedades de Iustel.

(30). El Buscador Universal localiza información de las siguientes bases de datos: Compendio Legislativo , Repertorio Jurisprudencial ,Base de Conocimiento Jurídico ,Bibliografía Jurídica ,Formularios Procesales, Revistas Generales de Derecho ,Diario del Derecho, Libros editados en papel, incluyendo búsqueda dentro del propio texto de los libros.

(31). Constituida por un conjunto de exposiciones sistemáticas de Derecho romano. Redactados por profesores universitarios de Derecho romano que abarcan la totalidad de las instituciones jurídicas constituyendo un tratado electrónico de nuestra disciplina.

(32). Otras revistas del portal Iustel son: la Revista General de Derecho administrativo, Revista General de Derecho Canónico y Eclesiástico del Estado, Revista General de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, Revista General de Derecho Europeo, Revista General de Derecho Procesal, Revista General de Derecho Penal, E-Legal History Review, Revista General de Derecho Constitucional y Revista General de Derecho Público Comparado. En el propio portal jurídico se señala que: “Las Revistas Generales de Derecho de Iustel conforman la oferta más amplia y de mayor calidad de las publicaciones jurídicas periódicas. Ofrecen un conocimiento completo, riguroso, ordenado y actual de cada disciplina jurídica. En cada revista podrá encontrar secciones dedicadas a: Excelentes estudios científicos dirigidos y confeccionados por los más prestigiosos juristas. No deje de consultar los equipos rectores de cada una de las revistas. Interesantes comentarios y análisis jurisprudenciales, seleccionados siempre por su relevancia y actualidad. Comentarios precisos de las novedades legislativas nacionales e internacionales. Noticias y recensiones sobre la publicación de libros y artículos de revistas acerca de la materia con comentarios, en su caso, sobre su contenido para que el lector tenga un pulso real e independiente de lo más destacado de la producción científica. Cada revista contiene, además, secciones propias en función de las particularidades de su disciplina. Nuestras revistas están disponibles en Internet para que usted pueda acceder a ellas desde cualquier lugar y en cualquier momento: siempre a su alcance. El soporte online nos permite añadir contenidos que contribuyen a mejorar lo ya editado: usted obtendrá actualizaciones y mejoras constantes. Además, dispondrá de nuestros artículos en formato *pdf para su perfecta impresión en papel”

(33). Es importante este aspecto de las monografías pendientes de publicación porque permite al romanista saber que materias están siendo objeto de estudio por otros investigadores. Me parece una buena iniciativa esta difusión por parte de Iustel de cuales son las obras que van a publicarse en breve.

(34). Además el portal cuenta con un servicio de Alertas jurídicas sobre novedades dentro del Diario del derecho que cuenta además con sindicación de contenidos RSS, Formularios procesales, Legislación autonómica, Guía del Jurista e incluso Servicios de Consultoría Jurídica. Como se puede apreciar cada vez se va incrementando el número de servicios on line y de hecho el futuro de las TIC esta ahí, si bien analizamos posteriormente la influencia de éstas en la formación del estudiante como e-learning.

(35). [ web en linea]< http://www. ucl.ac.uk/history/volterra/descript.htm >[ Consulta 09-11-2007].

(36). Sobre referencias bibliográficas Gnomon Bibliographische Datenbank: en 1998 apareció la 5ª ed. de esta conocida base de datos de la literatura clásica. La 1ª ed. de 1994 contenía unas 120.000 referencias bibliográficas, la última contiene ya 202.013. Además del CD-ROM, la base de datos se puede consultar también en Internet, en la dirección: http://www.gnomon.ku-eichstaett.de/Gnomon/Gnomon.html.El Thesaurus Linguae Latinae (TLL): Como es bien sabido, el TLL es el primer diccionario del latín antiguo que abarca desde el siglo III a. C. hasta el 600 d.C., y que incluye tanto textos literarios como otros tipos de documentos (inscripciones, por ejemplo). El desarrollo de un TLL electrónico ha sido promovido por el CLL (Consortium for Latin Lexicography), e-mail: [email protected], que está integrado por miembros del Departamento de Clásicas de la Universidad californiana de Irvine, los editores del Thesaurus Linguae Latinae, y el Department of Computer Science de la Universidad de Saskatchewan. El CLL se constituyó en 1994 y su mandato terminará cuando se produzca una versión electrónica del TLL. El director del CLL es Patrick Sinclair, del Departamento de Clásicas de la Universidad de Irvine. Para más información podemos visitar la web del proyecto

(37). Entre otras Revistas e-journals citamos sólo algunas, unas permiten descarga de los documentos en pdf otras se editan en papel y también en soporte electrónico (solo citamos la url):

En España contamos con Iustel. Revista General de Derecho Romano RGDR Portalderecho s.a. con password de suscripción en : www.iustel.com dirigida por el profesor D. Antonio Fernández de Buján.

Cuadernos de historia del Derecho: http://www.ucm.es/info/hisdere/cuaderno.htm

Dike: http://www.ledonline.it/dike/

Dirito@storia: http://www.dirittoestoria.it/tradizione/index.htm

Revista di Diritto romano: http://www.ledonline.it/rivistadirittoromano/index.html,

Rida on line: http://www.ulg.ac.be/vinitor/rida/

Rivista Internazionale di Sciencie Giuridice e Tradizione Romana: http://www.dirittoestoria.it/

Roman and legal tradition: http://www.romanlegaltradition.org/

Studia et documenta Historiae et iuris: http://cms.pul.it/jx-link/248/924/931

Studies in Roman and Byzantine Law: http://www.geocities.com/berolini/subseciva.htm

Tijdschrift voor Rechtsgeschiedenis: http://www.brill.nl/m_catalogue_sub6_id18483.htm

Zeitschrift der Savigny-Stiftung für Rechtsgeschichte: http://www.boehlau.at/periodicals/periodical.jsp?periodicalID=0323-4096

Zeitschrift Europäische Rechtsgeschichte: http://www.mpier.uni-frankfurt.de/publikationen/ius_commune.html

Zeitschrif für Papyrologie und epigraphic: http://www.uni-koeln.de/phil-fak/ifa/zpe/

Seminarios Complutenses de Derecho romano: http://www.derecho-romano.org/seminarios.asp.

(38). Algunas webs sobre fuentes romanas:

Biblioteca Augustana: http://www.fh-augsburg.de/~harsch/augustana.html

L'Année Épigraphique and Corpus Inscriptionum Latinarum:

http://www.manfredclauss.de/

Epigraphiste Datebank:

http://www.uni-heidelberg.de/institute/sonst/adw/edh/index.html

Fonti Letterarie:( links a los autores clásicos): http://www.rassegna.unibo.it/autlat.html

Fontes et iurisconsultorum:

http://archiv.jura.uni-saarland.de/Rechtsgeschichte/Ius.Romanum/textind.html

Historiae iuris: http://www.rewi.hu-berlin.de/online/fhi/

Internet Ancient History Sourcebook:

http://www.fordham.edu/halsall/ancient/asbook.html

Intratext Digital library: http://www.intratext.com/

The latin library la página por antonomasia más conocida sobre fuentes literarias y jurídicas donde se recoge todo el Corpus iuris:

http://www.thelatinlibrary.com/index.html

Perseus digital library:http://www.perseus.tufts.edu/cache/perscoll_Greco-Roman.html

Edicta Augusta, Proyecto Avalon

: http://www.yale.edu/lawweb/avalon/medieval/augustus_001.htm

The roman law library: http://web.upmf-grenoble.fr/Haiti/Cours/Ak/index.htm

Roman law library: http://ancientrome.ru/ius/library/

Papyrology: http://www.papyrology.ox.ac.uk/

Podemos añadir el proyecto Pixe Legis de la Universidad de Sevilla que contiene numerosas Fuentes digitalizadas: http://bib.us.es/derecho/recursos/pixelegis/index-ides-idweb.html.

(39). Como señala Patrizia Sciuto: “la caratteristica fondamentale del Web é quella di Mutare rapidamente; alcui indirizzi scompaiono da un giorno all´altro, algri compaiono improvisamente, il contenuto dei vai siti no é mai costante nel tempo….” Internet e diritto romano,…p. 255.

(40). Derivado de taxonomía, el término folksonomy ha sido atribuido a Thomas Vander Wal Taxonomía procede del griego "taxis" y "nomos": Taxis significa clasificación y nomos (o nomia), ordenar, gestionar; por su parte, "folc" proviene del alemán "pueblo" (Volk). En consecuencia, de acuerdo con su formación etimológica, folcsonomía (folc+taxo+nomía) significa literalmente "clasificación gestionada por el pueblo (o democrática. Precisamente hemos utilizado la Wikipedia para averiguar el significado etimológico de la palabra.[web en línea]: < http://es.wikipedia.org/wiki/Folcsonom%C3%ADa> [Consulta 10-11-07]

(41). También el Derecho romano cuenta con numerosos blogs o bitácora, estos consisten en un sitio web periódicamente actualizado que recopila cronológicamente textos o artículos de uno o varios autores, apareciendo primero el más reciente, donde el autor conserva siempre la libertad de dejar publicado lo que crea pertinente. El término blog proviene de las palabras web y log en inglés = diario. Como ejemplos de blogs podemos citar:

http://derecho-romano.blogspot.com/

http://nebalestuncon.over-blog.com/article-13311950-6.html

http://www.juriblogs.com/index.php?option=com_content&task=view&id=21672&Itemid=30

(42). El RSS es un sencillo formato de datos que es utilizado para redifundir contenidos a suscriptores de un sitio web. El formato permite distribuir contenido sin necesidad de un navegador, utilizando un software diseñado para leer estos contenidos RSS Las últimas versiones de los principales navegadores permiten leer los RSS sin necesidad de software adicional. Gracias a los agregadores o lectores de feeds (programas o sitios que permiten leer fuentes web) se puede obtener resúmenes de todos los sitios que se desee desde el escritorio del sistema operativo, programas de correo electrónico o por medio de aplicaciones web que funcionan como agregadores.

(43). El siguiente es el texto de la versión autorizada al español de la "Declaración de Berlín", aprobada el 22 de octubre de 2003, por representantes de varias instituciones europeas, convocados por la Sociedad Max Planck. Los puntos mas significativos de dicha declaración se centran en el Apoyo de la transición al paradigma del acceso abierto electrónico:

1.-estimulando a nuestros investigadores/beneficiarios de ayuda a publicar sus trabajos de acuerdo con los principios del paradigma del acceso abierto. 2.- estimulando a los depositarios del patrimonio cultural para que apoyen el acceso abierto distribuyendo sus recursos a través de la Internet.3.- desarrollando medios y maneras de evaluar las contribuciones de acceso abierto y las revistas electrónicas, para mantener estándares de garantía de calidad y práctica científica sana. 4.- abogando porque la publicación en acceso abierto sea reconocida como factor de evaluación para efectos de ascensos y tenencia académica. 5.- reclamando el mérito intrínseco de las contribuciones a una infraestructura de acceso abierto mediante el desarrollo de herramientas de software, provisión de contenido, creación de metadatos, o la publicación de artículos individuales. 6.- Nos damos cuenta de que el proceso de desplazarse al acceso abierto cambia la diseminación de conocimiento en lo que respecta a cuestiones legales y financieras. Nuestras organizaciones tienen el propósito de encontrar soluciones que ayuden a un mayor desarrollo de los marcos legales y financieros existentes, con el fin de facilitar óptimo uso y acceso.

(44). SALOMON SANCHO, L, Nuevos modos de acceso…, p.13 nos hace un estudio sobre la búsqueda de los libros de Mommsen a texto completo y hace especial mención a uno de los proyectos específicos en España , el llamado Pixelegis: [web en línea] [ consulta:11-11-07] de digitalización de fondos jurídicos del siglo XIX de la Facultad de Derecho de la Universidad de Sevilla donde se han digitalizado obras, entre otras, el Corpus Iuris Civilis ed. Krueger 1928, Edicto Perpetuo de Lenel 1927, La Palingenesis Iuris civilis de Lenel 1889, las Fontes Iuris Romani Antiqui 1909 un acceso genérico en relación a todos los libros digitalizados formato *pdf en 2006 es [web en línea]: http://fama2.us.es/fde/ocr/2006/[ consulta 11-11-07]. Asimismo la autora muestra en su artículo p. 18 dos ejemplos de búsqueda en el fondo digitalizado de la Universidad de Sevilla.

(45). url: http://books.google.com. Disponible en versión beta o de inspección previa técnica (technical preview [TP].

(46). El proyecto Google books comenzó su proyecto virtual con las bibliotecas de las universidades de Michigan, Harvard, Stanford, la Biblioteca Pública de Nueva York y la de la Universidad de Oxford (Reino Unido) a las que se ha unido la Universidad de Wisconsin-Madison , la Universidad de California y a la Complutense de Madrid.

(47). La editorial Dykinson dispone también de e-books de Derecho romano, podemos citar como ejemplos de este tipo de libros: De la filosofía personalista al iuspersonalismo del prof. Viñas. El advocatus fisci en Derecho romano del prof. Agudo Ruiz, el Régimen jurídico financiero de las obras públicas en el derecho romano tardío: los modelos privado y público de financiación de la prof. Malavé Osuna. El Régimen jurídico de las presunciones de la prof. Martínez de Moretin Llamas.

(48). La irrupción de las conocidas Nuevas Tecnologías de la Comunicación, especialmente la telemática y la videocomunicación, ha abierto un período que supone una auténtica ruptura histórica con todo lo anterior y que superará a un ritmo rápido las etapas de mayores cambios que ha experimentado hasta ahora la humanidad. Las llamadas nuevas tecnologías de comunicación están actuando como catalizador sobre nuestra sociedad, motivando y acelerando procesos de cambio, creando expectativas, deseadas o rechazadas sobre las estructuras sociales, sus formas laborales, de relación, culturales y económicas.

(49). En este sentido vid. Las tecnologías de la información y las comunicaciones aplicadas en el sistema universitario español de la Crue publicado en la página institucional el pdf [web en línea]: http://www.crue.org/pdf/TIC.pdf [consulta 11-11-07].

(50). DUART, JM. , Integrar las TIC en la Universidad, Revista de Universidad y Sociedad de Conocimiento, vol 2. nº1, Abril 2005 [revista en línea]: http://www.uoc.edu/rusc/2/1/editorial.html[ consulta:11-11-07]

(51). Las herramientas telemáticas permiten consolidar un modelo pedagógico que facilita la comunicación entre el profesor y los estudiantes. Ello tiene otra ventaja organizar el proceso de enseñanza y aprendizaje alrededor del estudiante. CABERO, J., Bases pedagógicas del e-learning, en Revista y sociedad de conocimiento, III.1, 2006 [revista en línea]: http://www.uoc.edu/rusc/3/1/dt/esp/cabero.html [consulta14-11-07].

(52). MARQUÈS GRAELLS, P., Algunas notas sobre el impacto de las TIC en la Universidad, Revista Educar 28, 2001, p.86 ss.

(53). También dispone de un Campus virtual en entorno WEB-CT y recurso didácticos de nuestra materia en http://www.uned.es/der-1-derecho-romano/index.html. Hoy cuenta con el desarrollo de una herramienta audiovisual AVIP en los centros asociados dentro del plan ATECA a fin de poder desarrollar una Plataforma de comunicación para los Centros y Aulas de la UNED mediante el uso de sistemas de videoconferencia y pizarra digital interactiva.

(54). En relación a la docencia de la asignatura de Derecho romano en la UOC de la que soy profesor consultor vid. SALOMÓN SANCHO, El derecho romano en la Universidad Oberta de Catalunya, Revista di Diritto Romano, VI, 2006, [revista on line:www.ledonline.it/revistadirittoromano/] [consulta14-11-0]

(55). Dentro de los programas de innovación en la educación a distancia se habla de la llamada educación transnacional que permite la educación a distancia en ausencia de movilidad, ello ha motivado la creación de órganos como el Consejo Internacional para la Educación Abierta y a Distancia (ICDE). Hoy en día la iniciativa de E-learning fue emprendida por la Comisión Europea en mayo del 2000, dentro del marco Espacio Europeo de Educación superior que desarrolla cuatro ámbitos de actuación: infraestructuras y equipamiento, formación , contenidos y servicios europeos de calidad y cooperación. El desarrollo de las TIC en los sistemas europeos de educación y formación cuentan con un ambicioso proyecto con una dotación presupuestaria de 44 millones de euros para fomentar la alfabetización digital, la creación de Campus virtuales europeos, tomando como base el programa Erasmus y la declaración de Bolonia, el hermanamiento electrónico de los centros en Europa y las Acciones transversales que fomenten el aprendizaje electrónico en Europa. Vid,. Las tecnologías de la información y las comunicaciones aplicadas en el sistema universitario español op. cit. p. 29 y ss.

(56). Como consecuencia del proceso de convergencia definido desde Bolonia, aparecen unas invitadas: las Tecnologías de la Comunicación y de la Información (TICs) capaces de acercar personas, de facilitar el uso compartido de recursos, de permitir las realidades virtuales, y potencialmente en sí misma un cambio notable en la forma en que enseñamos y aprendemos desde el Espacio Europeo de Educación Superior (EEES). De esta forma las TICs facilitan nuevas visiones de la profesión docente, partiendo de un modelo descentralizado permitiendo que muchos puedan conectarse, estudiar, estar en contacto etc.. no importa dónde se encuentren; la tecnología nos permite combinar y adaptar diferentes métodos, lo que se traduce en un aumento de la motivación y del estímulo al estudio. Vid. BENITO M,-OVELAR, R., Impacto de las TIC y del proceso de convergencia al EEES en el Profesorado Universitario, Observatorio de E-learning, Octubre 2005, [web en línea]:< http://pulsar.ehu.es.>[consulta:23-11-07].

(57). [ web en línea]: http://vinitor.egss.ulg.ac.be/[consulta:23-11-07]. PALAZZOLO N, L´informatica per la recerca storico-giuridica, Cunabula iuris, Studi storico giuridici per G.Broggini, Milano 2002, p. 336-337 ya se hace eco de las nuevas metodologías en materia de docencia del Derecho romano señalando que a pesar del escepticismo de algunos colegas no cabe duda del valor que van alcanzando los instrumentos informáticos y la gran potencialidad de Internet.

(58). PATRIZIA SCIUTO, Internet e diritto romano, op. cit. pag 253. Vid. también GUARINO, Le lezioni non finiscono mai, Labeo 40, 1994, p.56 y ss.

(59). SALOMÓN SANCHO, El derecho romano…p.16 comenta que la obra fue utilizada por los estudiantes los primeros semestres sin embargo, la obra originaria había sido diseñada para unos estudiantes que cursaban una asignatura de 15 créditos durante un curso académico completo mientras que los estudiantes de la UOC debían supera una asignatura de 6 créditos en un solo semestre, esto provocó que el nivel de complejidad al que conducía el CD fuera muy superior al nivel de conocimientos de los estudiantes de la UOC, lo que con el tiempo provoco que dejara de utilizarse como material docente a pesar de su gran calidad didáctica.

(60). GARCIA GARRIDO, M.J, Responsa. Casos prácticos de Derecho romano planteados y resueltos en hipertexto, Madrid, 8ª edición 2001., Ediciones académicas S.A. con la colaboración de Luis Eugenio Oliver.

(61). FERNÁNDEZ DE BUJÁN, F., Sistema contractual romano 2ed., Madrid 2004. El libro contiene un CD-Rom con material complementario de autoaprendizaje.

(62). [web en línea]:http://www.uned.es/der-1-derecho-romano/radio.htm[consulta:231-07]. En la misma página del departamento accedemos a otros recursos como cuestionarios tipo test y resolución de casos prácticos.

(63). La resolución de la Dirección General de Universidades de 17 de Octubre de 2002, publicada en el BOE (30-10-2002) reconoce como criterio preferente de evaluación de la ANECA: “ la utilización de las nuevas tecnologías en la evaluación del conocimiento”.

(64). La compañía se ha fusionado con Blackboard Inc, WebCT es un sistema comercial de aprendizaje virtual online, el cual es usado principalmente por instituciones educativas para el aprendizaje a través de Internet. La flexibilidad de las herramientas para el diseño de clases hace este entorno muy atractivo tanto para principiantes como usuarios experimentados en la creación de cursos en línea. Los instructores pueden añadir a sus cursos WebCT varias herramientas interactivas tales como: tableros de discusión o foros, sistemas de correos electrónicos, conversaciones en vivo (chats), contenido en formato de páginas web, archivos PDF entre otros.

(65). Tiene una interfaz de navegador de tecnología sencilla, ligera, y compatible. La instalación es sencilla requiriendo una plataforma que soporte PHP4 y la disponibilidad de una base de datos. Moodle tiene una capa de abstracción de bases de datos por lo que soporta las principales marcas de bases de datos. Se ha puesto énfasis en una seguridad sólida en toda la plataforma. Todos los formularios son revisados, las cookies cifradas, etc. La mayoría de las áreas de introducción de texto (materiales, mensajes de los foros, entradas de los diarios, etc.) pueden ser editadas usando el editor Html

(66). La url explicativa: http://www.ulpgc.es/index.php?pagina=hege&ver=version2#quees>[ consulta 24-11-07].

(67). La herramienta HEGE permite publicar en la web de la Universidad algunos esquemas que los alumnos se descargan para luego acudir a las explicaciones en las clases presenciales vid. [ web en línea:]< http://www.ulpgc.es/index.php?asignatura=15510000802&ver=apuntespracticas>[ consulta 24-11-07].

(68). Nuestra asignatura continua con el plan del 53 por ello disponemos de 4 horas teóricas y una práctica a la semana, por ello diseñamos los contenidos y los esquemas que se insertan en la web institucional y que se han empezado a introducir en el Campus virtual ya que será este donde se desarrolla el e-learning.

(69). url:http://serv06.iusiani.ulpgc.es/prometeo/intro.html. En estos momentos, la Plataforma Prometeo se encuentra en una fase demostración con dos asignaturas de la ULPGC. Se prevé que a lo largo de este año se pongan en servicio más contenidos de asignaturas que participen en un proyecto piloto.

(70). . EUGENIO, F., Nuevos horizontes en la metodología docente del Derecho romano,, RGDR, 4, Junio 2005, p.16 en [ web en línea] [consulta 24 –noviembre-2007]. Descarta que todo se pueda reconducir a la lección convencional sin llegar a un exceso de la enseñanza exclusivamente tecnificada ya que es imprescindible una relación humana, por tanto opta por la semipresencialidad.

(71). MARQUÈS GRAELLS, P., Algunas notas sobre el impacto de las TIC en la Universidad…op. cit, p. 94 el a. se pregunta hasta qué punto se le puede forzar a una actualización de competencias tecnológicas sin vulnerar sus derechos y su libertad de cátedra.

(72). Op. cit, Algunas notas sobre el impacto de las TIC en la Universidad…, p. 83

(73). La teleformación se realiza con las herramientas que brindan las tecnologías de la información y la comunicación, especialmente los servicios y posibilidades que ofrece Internet. No se considera teleformación la educación a distancia tradicional que emplea el teléfono o el fax como medio de relación con los tutores ni la que se basa en productos multimedia como CD-ROM o DVD. El éxito de la teleformación o e-learning es un hecho, como así lo demuestran los índices de oferta y contratación de estos servicios en los países desarrollados. Sus ventajas son muchas y van desde la disponibilidad temporal y espacial hasta el seguimiento personalizado del proceso formativo, los servicios interactivos que puede ofrecer o la posibilidad de actualización de las materias, lo que añade un gran valor adicional para los alumnos. El acceso a la teleformación se realiza a precios más competitivos que la formación presencial e incluso que la formación a distancia.

(74). CABERO, J., Bases pedagógicas del e-learning, en Revista y sociedad de conocimiento, III.1, 2006 [revista en línea]: http://www.uoc.edu/rusc/3/1/dt/esp/cabero.html [consulta14-11-07]. Considera un error tratar de trasladar directamente la enseñanza presencial y sus principios a los nuevos entornos formativos, teniendo presente como variables críticas: los contenidos, su calidad y estructura, la comunicación estudiante-profesor y sus recursos y también la investigación.

 
 
 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana