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El derecho de desplazamiento y residencia del ciudadano europeo a la luz de la Directiva 2004/38 el Parlamento Europeo y del Consejo. (RI §405225)  

- Andreu Olesti Rayo

I. PLANTEAMIENTO PREVIO.- II. LOS BENEFICIARIOS DEL DERECHO DE DESPLAZAMIENTO Y RESIDENCIA: 1. Los ciudadanos europeos. 2. La familia del ciudadano europeo.- III. EL EJERCICIO DEL DERECHO DE ENTRADA Y SALIDA.- IV. EL EJERCICIO DEL DERECHO DE RESIDENCIA: 1. Situaciones previstas para la concesión del derecho de residencia. 2. El certificado de registro y la tarjeta de residencia.- V. EL DERECHO DE RESIDENCIA PERMANENTE DE LOS CIUDADANOS DE LA UNIÓN Y LA TARJETA DE RESIDENCIA PERMANENTE PARA LOS MIEMBROS DE SU FAMILIA QUE NO SEAN NACIONALES DE LA UNIÓN EUROPEA: 1. Condiciones para la concesión del derecho de residencia permanente. 2. El documento acreditativo de la residencia permanente de los ciudadanos de la Unión y la tarjeta de residencia permanente para los miembros de las familias que no tengan la nacionalidad de un Estado miembro.- VI. LAS LIMITACIONES AL DERECHO DE ENTRADA Y RESIDENCIA: LAS EXCEPCIONES POR RAZÓN DE ORDEN PÚBLICO, SALUD Y SEGURIDAD PÚBLICAS: 1. Los principios de aplicación de las medidas justificadas por razón de orden público, seguridad y salud públicas. 2. Medidas para la protección del ciudadano europeo y su familia contra la adopción de medidas que restrinjan el derecho de entrada y residencia en el Estado miembro receptor.- VII. CONSIDERACIONES Y REFLEXIONES FINALES.

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