Francia: La más reciente doctrina del Tribunal de Conflictos Francés respecto a la jurisdicción competente en determinados aspectos derivados de la prestación de un servicio público. (RI §403425)
I. LOS CAMBIOS OPERADOS EN MATERIA DE SERVICIO PÚBLICO.- II. LAS CONSECUENCIAS DERIVADAS DE LA REFORMA DE LA CONCEPCIÓN MISMA DEL SERVICIO PÚBLICO EN LA JURISDICCIÓN COMPETENTE.- III. LA DOCTRINA DEL TRIBUNAL DE CONFLICTOS FRANCÉS AL RESPECTO: 1. La relación entre el prestador de un servicio y los usuarios del mismo. 2. Daños causados como consecuencia de obras necesarias para el servicio. 3. El personal de los operadores encargados del servicio.