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Modelo de Auto modificando el procedimiento como consecuencia de que el hecho delictivo no se encuentra dentro de los delitos contemplados en el artículo 1 de la Ley del Jurado. Se acordará la reapertura de diligencias previas para darle el curso que corresponda, pero no el de Jurado, que se da, por ejemplo, cuando junto al delito cometido que es competencia del Tribunal del Jurado se ha cometido otro también otro que no lo es, con lo que la competencia será del tribunal ordinario de justicia. |