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Juana Pulgar Ezquerra. Catedrático de Derecho Mercantil, Universidad Complutense de Madrid.

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Andrés Gutiérrez Gilsanz. Catedrático de Derecho Mercantil, Universidad Rey Juan Carlos.
Javier Megías López. Profesor Titular de Derecho Mercantil, Universidad Complutense de Madrid.

SECRETARÍA
Eva Recamán Graña. Profesora de Derecho Mercantil, Universidad Complutense de Madrid.


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Eficacia de la responsabilidad concursal y eficiencia de la sección de calificación. (RI §427407)  


Effectiveness of insolvency liability and efficiency of qualification stage - Ana de la Morena y Gregorio de la Morena

La propuesta de Directiva (UE), de 7.12.2022, pretende, entre otros fines, la armonización de las obligaciones y la responsabilidad de los administradores sociales ante una situación de insolvencia. La responsabilidad concursal, en derecho español, es ineficaz y la sección de calificación carece de efectividad, situación que se ha visto agravada a partir de la entrada en vigor de la Ley 16/2022 de 5 de septiembre. La sustitución del Ministerio Fiscal por los acreedores en cuanto a su legitimación para calificar el concurso como culpable, desde su entrada en vigor, es de total ausencia en la sección incluso en aquellos casos en los que algunos de ellos han formulado alegaciones en la comunicación de créditos. Es el momento de reformular la responsabilidad concursal para que sea eficaz y diseñar un proceso efectivo, o, de no hacerse, proceder a su eliminación. Ninguno de los operadores e intervinientes en los procesos de insolvencia quiere la sección de calificación. Deben ser los acreedores quienes ejerciten las acciones de responsabilidad reguladas en la Ley de Sociedades de Capital si no se modifican determinados aspectos relativos a los elementos objetivos y subjetivos de la responsabilidad concursal y de la tramitación de la sección de calificación.

I. INTRODUCCIÓN. II. EFICACIA DE LA RESPONSABILIDAD CONCURSAL PATRIMONIAL: RESPONSABILIDAD POR DAÑO Y RESPONSABILIDAD CONCURSAL. III. DESAJUSTE ENTRE LA DELIMITACIÓN TEMPORAL SUBJETIVA DE LAS PERSONAS AFECTADAS Y OBJETIVA DE LAS CONDUCTAS. IV. EL AUDITOR Y OTROS PROFESIONALES COMO COMPLICES. V. EFICIENCIA DE LA SECCIÓN DE CALIFICACIÓN Y DESAJUSTES EN SU TRAMITACIÓN. VI. CONCLUSIÓN.

Palabras clave: Concurso de acreedores; insolvencia; responsabilidad concursal; sección de calificación; concurso culpable; acción social de responsabilidad; acción individual; acción de responsabilidad objetiva o por deudas; fase común; fase de convenio; fase de liquidación.;

Proposed EU Directive dated on 7.12.2022 aims to harmonise certain aspects of insolvency law across member states, amongs others, directors´obligations and liabilities in a situation of insolvency. The insolvency proceeding stage where directors´ liabilities are analyzed (sección de calificación) is innefective and the situation has worsened since the Law16/2022 entered into force. It is time to rethink how we reach liabilities in insolvency in order to design and effective qualification stage or, on the other hand, consider its elimination. The creditors are the ones that should file the claims according to Spanish companies´act, in case certain aspects, relating to the objective and subjective elements of insolvency liability and the procedural aspects related to the the qualification stage, are not modified.

Keywords: Insolvency proceeding; insolvency; insolvency liability; guilty insolvency proceeding; corporate liability action; common phase; composition phase; liquidation phase.;

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