Breve reseña de la obra:
La entrada en vigor del nuevo procedimiento europeo de detención y entrega, comúnmente denominado “euroorden”, en el marco de la UE, supone un plausible avance, de singular relevancia, en la cooperación judicial europea, frente a la delincuencia. Sin embargo la configuración de este instrumento de entrega, de exclusiva naturaleza judicial, y caracterizada, en esencia, por las notas de “instrumentalidad”, “agilidad”, “sencillez” y “celeridad” no supone, debido al mantenimiento de las peculiaridades normativas de los distintos Estados miembros, avance alguno en relación con la deseable armonización de los correspondientes ordenamientos sustantivos y procesales, dado que se mantiene la obligación de acatar, en virtud del principio de reconocimiento mutuo, las normas reguladoras de los procedimientos penales de las diferentes naciones europeas.
Ello no obstante, la aceptación incondicional de las distintas regulaciones nacionales, sustantivas y procesales, con independencia del debido cumplimiento de las garantías procesales, erigidas en auténticos derechos fundamentales, en la legislación interna de ciertos Estados comunitarios, sin ulterior control, bajo el aparente pretexto de la imprescindible acción común de todos los Estados democráticos que conforman la UE en la lucha contra la delincuencia deparará, en ocasiones, de forma inevitable, resultados perniciosos, como por ejemplo la ineludible materialización de la entrega, con vistas a la celebración del procedimiento, que no se sustanciará, en ocasiones, conforme a los principios inherentes al Estado que realiza dicha entrega.
La profesora Sonia Calaza realiza, en la presente obra, un examen pormenorizado de la nueva orden europea de detención y entrega, que se traduce en un claro y riguroso estudio de su procedimiento, respecto del que se ponen asimismo de relieve las principales deficiencias de que adolece.