Breve reseña de la obra:
Toda la arquitectura del derecho administrativo se construye en torno al acto administrativo y la premisa indiscutible del control judicial de la Administración hace lo propio sobre el acto previo.
Sin embargo, la realidad presente del funcionamiento de los poderes públicos ha irrogado a esa teoría un agotamiento y una obsolescencia, que obliga al operador jurídico cuando menos a plantearse si no estamos ante un dogma que haya que eclosionar.
No siempre la actuación administrativa consiste en un acto, siendo harto difícil —más allá de ficciones y presunciones jurídicas— reconducir aquélla a este último.
Esta monografía analiza los supuestos en que el acto previo —interpretado y exigido con rigidez— se convierte en un verdadero obstáculo para el control de la Administración, siendo necesario plantearse supuestos en que el particular pueda demandar judicialmente a una entidad pública sin necesidad de acto previo.
Asimismo se analiza la funcionalidad del sistema de recursos administrativos y el carácter estrictamente revisor de la jurisdicción contenciosa, formulándose recomendaciones de lege ferenda en ambos sentidos.