Breve reseña de la obra:
La imagen jurídica de la mujer como sujeto necesitado de tutela comporta su condición de víctima en el delito de estupro, aquí estudiado mediante las fuentes del Derecho histórico español a lo largo de su trayectoria, desde sus raíces en la tradición romana hasta su regulación durante el siglo XIX. Soterrado, inmune a cambios en su esencia, se trata de un delito extraordinariamente estable, revelador de que algunos de los ejes que vertebran la mentalidad social, en este caso la consideración en que se le tiene a la mujer, mantienen históricamente su rigidez casi hasta nosotros.
Sustentada en una ficción, pues la necesaria protección por el Derecho se fundaba en la indefensión espiritual y carnal de la mujer, fruto de su congénita debilidad frente al engaño y de una honestidad supuestamente natural, intrínseca a la condición femenina y ajena por tanto a cualquier contingencia histórica, esa imagen fue elaborada por los juristas del europeo ius commune, perdurando sin apenas modificaciones más allá de los cambios políticos y sociales introducidos por los sistemas constitucionales contemporáneos. Las nuevas corrientes que aportan aires de cambio en el panorama jurídico, y especialmente en el penal, operan en esta materia sólo al objeto de conseguir una mayor eficacia y coherencia, en el plano práctico, de los principios y reglas existentes, sin pretender modificarlos salvo para hacerlos más operativos.
En el fondo de la cuestión está el interrogante sobre la plena o limitada libertad femenina. Libertad que incluso cuando se reconoce en el orden moral, no interesa tomar en cuenta en el orden jurídico, y que en su versión liberal importa sólo a los efectos de una meno r protección. Por lo que hace a la forma, a la lógica jurídica, subyace de continuo el inevitable descalabro de la pretensión del Derecho de constituir un sistema jerárquicamente organizado de su prescripción a su aplicación, que en el estupro se vulnera debido al tremendo alejamiento de la configuración legal respecto a la práctica judicial.