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LECCIONES DE DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO

 
Autores:
MIGUEL ÁNGEL MARTÍNEZ LAGO
Catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad Complutense de Madrid
LEONARDO GARCÍA DE LA MORA
Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario
Universidad Complutense de Madrid
Prólogo de:
RAMÓN FALCÓN Y TELLA
Referencia Iustel:90206006
EdiciónTercera
ISBN84-96440-73-7
ColecciónManuales
Área:Financiero y Tributario
Formato y acabado:21 x 14,5 cms. – Rústica sin solapas.
Páginas:616
PVP:43€ IVA incluido
Fecha de publicación:Septiembre de 2006
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Breve reseña de la obra:
Esta obra constituye un acabado y completo manual de la parte general del Derecho Financiero y Tributario, incluido el análisis de los Presupuestos Generales del Estado, los aspectos generales de los tributos y prestando una especial atención a los procedimientos de aplicación de los mismos. También describe los caracteres esenciales de las principales figuras de nuestro sistema tributario y sus recíprocas relaciones.

Como afirma en su prólogo el profesor FALCÓN Y TELLA: «Estamos, en definitiva, no sólo ante un excelente manual, que será sin duda bienvenido en el ámbito académico y que tiene un especial mérito en un momento como el actual, en que acaba de producirse una completa reforma legislativa de la parte general de la asignatura, sino también ante un comentario riguroso y preciso de las nuevas Leyes Generales Presupuestaria y Tributaria, de enorme utilidad en la práctica profesional».

La tercera edición, que ha sido cerrada a 31 de julio de 2006, ha podido tener en cuenta e incorporar en las lecciones correspondientes, varios cambios normativos. Entre los más destacables están las leyes de reforma de las de estabilidad presupuestaria que se aprobaron en 2006 (Ley 15/2006 y Ley Orgánica 3/2006, ambas de 26 de mayo), la Ley 22/2006, de 4 de julio, de capitalidad y régimen especial de Madrid, la Ley 25/2006, de 17 de julio que, entre otros aspectos, contiene medidas tributarias para tratar de aportar recursos adicionales para la financiación sanitaria en las Comunidades Autónomas, y la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias Estatales. Aunque aún no haya concluido su tramitación parlamentaria, también se han hecho las oportunas referencias al Proyecto de Ley de Medidas para la Prevención del Fraude Fiscal.

Por otro lado, ha continuado la consideración de la reciente jurisprudencia constitucional que, entre otras cuestiones financieras, se ha referido a problemas como el del empleo del decreto-ley para modificar tributos (STC 189/2005, de 7 de julio); la inconstitucionalidad de la regulación que del presentador de documentos hacían las leyes de los impuestos sobre sucesiones y donaciones y transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (SSTC 111 y 113/2006, de 5 de abril); la importante declaración sobre la aplicación de las garantías materiales y formales de los artículos 25.1 y 24.2 CE cuando la responsabilidad tributaria tenga naturaleza materialmente sancionadora por provenir de la perpetración de hechos ilícitos (STC 85/2006, de 27 de marzo); las violaciones detectadas al principio de tipicidad (STC 218/2005, de 12 de septiembre) y al principio de culpabilidad (STC 164/2005, de 20 de junio), así como la viabilidad para cometer delito fiscal por la vía de simulaciones negociales, a diferencia de lo que sucede con el fraude de ley (STC 48/2006, de 13 de febrero), por citar algunos supuestos.
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