Diario del Derecho. Edición de 30/06/2025
  • ISSN 2254-4275
  • EDICIÓN DE 31/12/2013
 
 

Puente Genil aprueba la norma que permite a los bares instalar tarimas en la terraza

 31/12/2013
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Con los votos a favor del PSOE, la negativa del PP, y la abstención de IU, el Pleno del Ayuntamiento ha aprobado una modificación del reglamento regulador de las condiciones de ocupación de la vía pública con terrazas de mesas y sillas y estructuras auxiliares. El objetivo de esta medida es dar respuesta a las solicitudes de implantación de tarimas flotantes, y "con el propósito de proteger a la ciudadanía en establecimientos de bares y/o restaurantes y hacer compatible tanto el disfrute como el tránsito de vehículos y el estacionamiento de los mismos".

eldiadecordoba.es 30.12.13

De acuerdo con esta modificación, "para la ocupación de la calzada con mesas, la superficie máxima de ocupación no será superior a 30 metros cuadrados, y sobre ella se superpondrá una tarima balizada con barandillas de protección peatonal fijándose el número de mesas en función de una, incluidas sillas, por cada tres metros cuadrados". En estos casos, las tarimas, las mesas y sillas, deberán tener protegidos los extremos de las patas con gomas para evitar la emisión de ruidos al arrastrar los mismos sobre la tarima. Según lo dispuesto en la nueva normativa, el Ayuntamiento, a través de la Oficina de Obras y Urbanismo y en concordancia con la Policía Local, "podrá dictar las normas complementarias que estime oportuno por razones de tráfico, "modificando incluso las dimensiones de las terrazas".

En lo que se refiere a la anchura y longitud de la zona de ocupación en calzada, con aparcamiento en línea, "la anchura no excederá en ningún caso de dos metros, ni de la línea de aparcamiento en las calles en que éste se encuentre señalizado horizontalmente, dejando siempre un mínimo de carril libre en calles de circulación rodada de sentido único". En estos casos, la longitud de la terraza "tampoco excederá en ningún caso de 12 metros lineales ni de la que tenga la fachada del establecimiento si esta es inferior, si bien podrá ampliarse hasta el citado límite máximo previo consentimiento por escrito de los vecinos afectados". La norma establece que "en los supuestos en los que la tarima flotante coincida con el periodo de estacionamiento, ésta no podrá cambiar de lugar al lado opuesto del establecimiento, por lo tanto, su licencia de ubicación será por el periodo del estacionamiento en su fachada". Además, si el establecimiento tuviera que cerrar durante más de 15 días, "tiene la obligación de retirar de la vía pública el elemento, sin que por ello tenga que ser indemnizado por el Ayuntamiento".

El alcalde, Esteban Morales, explicó que las novedades introducidas "han sido homogéneas a la de las marquesinas", y afirmó que "la regulación ha tratado de ser consensuada al máximo con el resto de grupos políticos". "No podíamos aceptar la propuesta del PP, que planteaba que si con la instalación de estas estructuras se eliminaba una plaza de aparcamiento, había que crear otra", dijo.

El presidente de los populares, Antonio Pineda, justificó su voto en contra "por la falta de alternativas para aparcar que van a tener muchos conductores ante la existencia de estas nuevas tarimas flotantes". El portavoz de IU, Manuel Baena, por su parte, indicó que la abstención de su grupo respondía a "la sorpresa que nos ha producido el resquemor que ahora tienen algunos ante la pérdida de plazas de aparcamiento".

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