LIBERALIZACIÓN DE LAS TELECOMUNICACIONES Y AUTONOMÍA LOCAL: A PROPÓSITO DE LA JURISPRUDENCIA SOBRE TASAS MUNICIPALES Y TELEFONÍA MÓVIL (Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de julio de 2012, asuntos acumulados C-55/11, C-57/11 y C-58/11, Vodafone España y France Telecom España)
19/12/2013
El objeto del comentario es la sentencia del TJUE de 12 de julio de 2012, que resuelve las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Supremo español en relación con los recursos interpuestos por diversas operadoras de telefonía móvil contra las tasas exigidas por distintos ayuntamientos por ocupación privativa o aprovechamiento especial del dominio público local. La sentencia resolvió las citadas cuestiones a partir del reconocimiento del efecto directo del artículo 13 de la Directiva 2002/20/CE, de 7 de marzo de 2002 (Directiva autorización), que sólo autoriza a imponer cánones por uso de radiofrecuencias o bien por derechos de instalación, lo que excluye tasas como la impugnada.El razonamiento seguido por el TJUE plantea, sin embargo, diversos interrogantes, en particular si el concepto de “autoridad pertinente” del citado artículo 13 de la Directiva autorización comprende los entes locales. Por lo demás, si bien es posible cuestionar el método de cuantificación de la citada tasa, su supresión absoluta genera un amplio perjuicio económico a los municipios y puede ser contraria a diversos principios fundamentales del derecho de la Unión como la prohibición del enriquecimiento injusto, el propio funcionamiento del mercado interior y el respeto de la autonomía local, reconocido a partir del Tratado de Lisboa.
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