Modificación del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social
28/12/2012
Ley Orgánica 7/2012, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social (BOE de 28 de diciembre de 2012). Texto completo.
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- El TS delimita los supuestos a que se refiere el párrafo segundo del art. 368 CP cuando alude a la “escasa entidad del hecho” y a las “circunstancias personales del culpable”, como datos que permiten rebajar en un grado la pena prevista para los delitos contra la salud pública
Se estima el recurso contra sentencia que condenó a la recurrente por un delito contra la salud pública. Entre otras cuestiones, la Sala aborda el ámbito de aplicación del párrafo segundo del art. 368 CP, determinando qué debe entenderse encuadrable en la escasa entidad del hecho y en las circunstancias personales del autor, como elementos que permiten rebajar la pena prevista para tales delitos en un grado. Así, respecto al primer aspecto, relacionado con una mayor o menor antijuricidad, afirma que se refiere a supuestos en los que es pequeña la cantidad de sustancia objeto del delito y en los que, imputándose una conducta aislada, no se trata de acciones reiteradas o que se enmarquen en una actividad más o menos mantenida como una forma de obtención de ingresos, que revelaría una mayor gravedad por su carácter permanente. Y en relación con el segundo, son relevantes circunstancias como el carácter de delincuente primario, al menos en relación con delitos contra la salud pública por tráfico de drogas, o aspectos que, sin dar lugar a la apreciación de circunstancias atenuantes, revelen una menor culpabilidad por el hecho. En el caso examinado aún sin concurrir tales elementos, el TS sí tiene en cuenta la escasa cantidad de droga ocupada, así como que la cantidad de dinero procedente de la venta no es especialmente significativa, no considerando justificada la pena impuesta en la sentencia impugnada, ya que, en la actualidad, se encontraría en la mitad superior de la prevista legalmente. 30/09/2011