El Planeamiento Urbanístico (XXVIII): Los efectos de los planes de urbanismo en general. La publicidad del contenido de los planes. Las cédulas urbanísticas y sus efectos, por Santiago Muñoz Machado y Mariano López Benítez, Catedráticos de Derecho Administrativo
24/01/2012
Los planes y sus normas urbanísticas son públicos, lo que significa que cualquier persona tiene derecho a consultarlos e informarse de ellos en cualquier momento en los locales y dependencias que señale el Ayuntamiento. Para reforzar más estos derechos de información, que el artículo 4.c) y d) TRLS 2008 eleva a la categoría de «derechos de los ciudadanos», la legislación urbanística ha creado un instrumento específico de información urbanística, que es la cédula urbanística, documento que acredita las circunstancias urbanísticas concurrentes en cada finca. Dentro de esta línea de facilitar el conocimiento de los planes, son ya muchas las leyes autonómicas que imponen la creación de los Registros municipales y autonómicos de Planeamiento, en donde se inscriben los instrumentos de planeamiento aprobados por los mismos.
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