Se ha vulnerado el derecho al honor y a la intimidad del demandante, por la publicación de un reportaje en el que se insinuaba su tendencia sexual en contraposición con la manifestada en el mundo exterior
29/12/2011
Se confirma la sentencia recurrida en casación que, estimando el recurso formulado por la productora de televisión demandada, rebajó la cuantía de la indemnización que ésta debía abonar al demandante por haber vulnerado su derecho al honor y a la intimidad, por la publicación de un reportaje en el que se insinuaba la existencia de una relación extramatrimonial por su parte.
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