Reglamento Común sobre el depósito Internacional de dibujos y modelos industriales
10/10/2011
Reglamento Común del Acta de 1999 y el Acta de 1960 del Arreglo de La Haya sobre el depósito Internacional de dibujos y modelos industriales, hecho en Ginebra el 2 de julio de 1999 y en La Haya el 28 de noviembre de 1960, respectivamente. (BOE de 8 de octubre de 2011) Texto completo
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- URALITA es condenada a indemnizar a 45 vecinos de los municipios en los que tenía una explotación industrial por las lesiones pulmonares que padecen, como consecuencia del amianto utilizado en la elaboración de fibrocemento
El Juzgado de 1.ª Instancia N.º 46 de Madrid ha estimado la acción de reclamación de indemnización de daños y perjuicios por responsabilidad extracontractual instada por los vecinos de dos municipios en los que la demandada -URALITA- tenía una explotación industrial dedicada a la elaboración de fibrocemento a partir del amianto, como consecuencia de las lesiones que éstos padecen en el aparato respiratorio y que, en ocasiones, han conducido al fallecimiento. Aprecia el Juez que aunque cuantitativamente los humos y gases emitidos por la factoría de URALITA, pudieran respetar los niveles de contaminación reglamentariamente asumidos, lo cierto es que cualitativamente fueron nocivos y causaron daños a terceras personas totalmente ajenas a la explotación industrial, sin que se haya desvirtuado lo declarado por diversos testigos en el juicio oral, en el sentido de afirmar que la emisión de polvo de asbesto salía de la fábrica sin ningún tipo de control. Constatada la conducta dañosa, el Juez concluye que la causa eficiente de los padecimientos de los demandantes, o de sus familiares fallecidos, es la actividad industrial realizada en la factoría de la demandada desde 1907, habiendo sido los medios de transmisión causantes de tales padecimientos, entre otros, las emisiones de la fábrica en forma de polvo asbesto o la manipulación de ropa por parte de sus familiares en sus domicilios. Como consecuencia de lo anterior, URALITA es condenada a abonar a 45 de los vecinos demandantes una indemnización, cuya cuantía total asciende a 3.918.594.64 euros. 14/07/2010