Declara el Tribunal Supremo que el impago por parte de la empresa de la prima anual de un seguro colectivo, libera al asegurador de la responsabilidad del pago de las prestaciones sociales que por Convenio venía el empleador obligado a concertar
08/08/2011
Conforme a lo dispuesto en el art. 15 de la Ley 50/1980, de contrato de seguro, la consecuencia del impago de la prima anual de un seguro colectivo, concertado por una empresa para cumplir con las obligaciones que le impone el Convenio Colectivo aplicable en materia de mejora de las prestaciones sociales, es la liberación del asegurador cuando el impago de la prima es imputable al tomador del seguro, realizando algún tipo de acto indicativo de su voluntad de rescindir el contrato. En el presente caso, la Sala aprecia la existencia de hechos que indican la clara voluntad del tomador de apartarse del contrato de seguro, ya que no atendió al pago de la prima y, además, concertó una póliza similar con otra aseguradora. Así, cuando ocurrió el accidente del trabajador demandante el contrato de seguro estaba suspendido por haber transcurrido un mes desde el día en que debió abonarse la prima de la póliza, por lo que la Sala considera que procede liberar de responsabilidad a la aseguradora recurrente, máxime cuando, durante los seis meses siguientes al vencimiento de la prima, la aseguradora no intentó cobrarla, ni la tomadora del seguro pagarla, lo que dio lugar a la extinción del seguro en fecha muy anterior a aquella en la que el riesgo se actualizó con la declaración de incapacidad permanente.
Usted no está suscrito a nuestro diario de noticias
Sólo los suscriptores pueden acceder al contenido completo del Diario.
Por favor, acceda con sus datos de usuario.
Si está interesado en acceder a este servicio durante un mes de forma totalmente gratuita sólo tiene que cumplimentar el formulario que figura a continuación:
Puede obtener mayor información a través del correo electrónico diario.derecho.municipalportalderecho.com o llamando al teléfono 91 548 82 81.
DIARIO DEL DERECHO MUNICIPAL
Nuestro Diario del Derecho Municipal pretende tenerle al día, de forma ágil y cómoda, de las novedades que se producen en el mundo jurídico en general y en el ámbito del régimen local en particular. Así, a través del Diario puede:
- Acceder a noticias de actualidad,
- Conocer las novedades legislativas y resoluciones judiciales de interés,
- Disponer de una agenda de eventos académicos relacionados con el Derecho,
- Informarse de la convocatoria de procesos selectivos en el ámbito local, y
- Consultar una base legislativa especializada en la materia.
Además, el Diario del Derecho Municipal ofrece:
- El acceso a la base legislativa general de Iustel, que integra, siempre a texto vigente, todo el Derecho positivo necesario para cualquier operador jurídico, debidamente sistematizado, comentado y vinculado con la jurisprudencia y la doctrina relacionada.
- La publicación de artículos especializados, sobre las distintas instituciones del Derecho local, con especial atención a las a las particularidades autonómicas, habiéndose constituido al efecto un equipo compuesto por profesores de distintas Universidades,
- La incorporación de un servicio de asesoramiento jurídico, a cargo de administrativistas establecidos en todas las Comunidades Autónomas, que permitirá la resolución personalizada de cuestiones de especial complejidad sobre régimen local, y que vendrá acompañado de un listado de FAQ’s o preguntas frecuentes de consulta general en la materia (En preparación),
- La inclusión de un apartado dedicado a difundir ordenanzas locales de especial relevancia, sobre todas las materias de competencia municipal, y
- La posibilidad de seleccionar los contenidos que se quieren recibir a través de la newsletter del Diario.