Nuevo Reglamento de Reservistas de las Fuerzas Armadas
21/03/2011
El Consejo de Ministros ha aprobado el nuevo Reglamento de Reservistas de las Fuerzas Armadas en el que se determina, fundamentalmente, el acceso y el régimen de los reservistas, así como la forma de disponer con anticipación de la regulación de la aportación de recursos humanos cuando la defensa de España lo exija, con arreglo a las obligaciones militares que señala el artículo 30.2 de la Constitución.
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Se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas contra los arts. 16 y 17 del RD 35/2010, de 15 de enero, por el que se aprobó el Reglamento de Ingreso y Promoción y Ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas. En cuanto al art. 16, que establece la limitación de la edad de treinta años, a partir de la cual no sería posible acceder a la escala de oficiales, la Sala declara que la denunciada discriminación no es tal, pues la decisión se asienta en motivos objetivos y razonables que se entienden desde la perspectiva de que un suboficial, para alcanzar en su carrera ciertos empleos, debe promocionarse a una edad temprana. Respecto al art. 17, que prevé la exigencia de diferentes requisitos académicos a los suboficiales militares de complemento para que puedan acceder a oficiales, el TS afirma que no se discrimina con ello a los mismos, ya que desde la aprobación de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, se produjo una integración de escalas, de modo que las exigencias pasaron a ser las mismas que ahora se discuten para poder acceder a la escala de oficiales y la superior de oficiales tanto desde la escala de suboficiales militares de complemento como desde la de suboficiales militares de carrera. 09/08/2011
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