La AN acuerda la prohibición de los actos previstos para el 21 de agosto de 2010 en Barcelona, para homenajear a condenada por colaboración con ETA con motivo de su excarcelación; aprecia indicios de perpetración del delito de enaltecimiento del terrorismo
23/08/2010
El Magistrado-Juez del Juzgado Central de Instrucción n.º 5 de la Audiencia Nacional, prohíbe los actos de manifestación convocados en Barcelona en reconocimiento público y homenaje a condenada por colaboración con la banda terrorista ETA, con motivo de su excarcelación. El instructor aprecia indicios contundentes de perpetración del delito de enaltecimiento y justificación pública del terrorismo, con el consiguiente menosprecio y humillación a las víctimas y sus familiares. Afirma que la actividad delictiva se ha iniciado mediante las acciones de convocatoria pública y difusión de los actos de celebración a través de diferentes portales de internet, así como con la colocación de carteles en la vía pública. Los actos has sido convocados por organizaciones y colectivos de apoyo “a presos políticos catalanes”, que no están constituidos legalmente, y no existe constancia de comunicación oficial alguna dirigida a la Autoridad gubernativa competente. Concluye, que dichos actos no pueden quedar amparados en el derecho fundamental de reunión.
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