Se rebaja la pena impuesta al condenado por mantener relaciones sexuales con una menor de 13 años porque las mismas fueron buscadas por la menor y no consta dato alguno del que se infiera situación de superioridad o de jerarquía, que doblegara la voluntad de aquélla
20/08/2010
La sentencia impugnada, que condenó al acusado como autor de un delito de abuso sexual con la pena de 6 años de prisión, es impugnada por el Ministerio Fiscal que, en el ejercicio de su función de defensor imparcial de la legalidad, señala que el Tribunal “a quo”no ha respetado la regla penológica del art. 66.6
CP, ya que la pena impuesta aunque ubicada en la mitad inferior, supone una exasperación relevante de la pena. Estimando el recurso, constata la Sala que en el hecho probado solamente se indica que el acusado comenzó a realizar diversas llamadas telefónicas y enviar mensajes a la menor, a la que conoció a través de una amiga de ésta, con la finalidad de ganarse su confianza, aprovechando el carácter infantil e inmaduro de aquélla, logrando concretar una cita en el transcurso de la cual mantuvieron relaciones sexuales; la propia menor, en todas sus manifestaciones, aseguró que era ella la que había propuesto verse con el acusado y todo había sido idea y voluntad de ella, no queriendo causarle perjuicio alguno, testimonio corroborado por sus progenitores que fueron los que denunciaron los hechos tras captar fortuitamente una conversación telefónica entre su hija y la amiga de ésta. En consecuencia, no se describe dato alguno del que pueda inferirse una evidente situación de superioridad o de jerarquía por parte del acusado y que doblegara la voluntad de la víctima por lo que se le impone la pena de prisión de 6 años y 4 meses.
Usted no está suscrito a nuestro diario de noticias
Sólo los suscriptores pueden acceder al contenido completo del Diario.
Por favor, acceda con sus datos de usuario.
Si está interesado en acceder a este servicio durante un mes de forma totalmente gratuita sólo tiene que cumplimentar el formulario que figura a continuación:
Puede obtener mayor información a través del correo electrónico diario.derecho.municipalportalderecho.com o llamando al teléfono 91 548 82 81.
DIARIO DEL DERECHO MUNICIPAL
Nuestro Diario del Derecho Municipal pretende tenerle al día, de forma ágil y cómoda, de las novedades que se producen en el mundo jurídico en general y en el ámbito del régimen local en particular. Así, a través del Diario puede:
- Acceder a noticias de actualidad,
- Conocer las novedades legislativas y resoluciones judiciales de interés,
- Disponer de una agenda de eventos académicos relacionados con el Derecho,
- Informarse de la convocatoria de procesos selectivos en el ámbito local, y
- Consultar una base legislativa especializada en la materia.
Además, el Diario del Derecho Municipal ofrece:
- El acceso a la base legislativa general de Iustel, que integra, siempre a texto vigente, todo el Derecho positivo necesario para cualquier operador jurídico, debidamente sistematizado, comentado y vinculado con la jurisprudencia y la doctrina relacionada.
- La publicación de artículos especializados, sobre las distintas instituciones del Derecho local, con especial atención a las a las particularidades autonómicas, habiéndose constituido al efecto un equipo compuesto por profesores de distintas Universidades,
- La incorporación de un servicio de asesoramiento jurídico, a cargo de administrativistas establecidos en todas las Comunidades Autónomas, que permitirá la resolución personalizada de cuestiones de especial complejidad sobre régimen local, y que vendrá acompañado de un listado de FAQ’s o preguntas frecuentes de consulta general en la materia (En preparación),
- La inclusión de un apartado dedicado a difundir ordenanzas locales de especial relevancia, sobre todas las materias de competencia municipal, y
- La posibilidad de seleccionar los contenidos que se quieren recibir a través de la newsletter del Diario.