Declaración de nulidad instada en base a lo previsto en el art. 241.1 LOPJ, regulador del incidente de nulidad de actuaciones
02/08/2010
El TS declara la nulidad parcial instada por el recurrente respecto a la sentencia dictada por la propia Sala que desestimó el recurso de casación que impuso el ahora recurrente contra la sentencia de la Audiencia Nacional, en causa seguida por un delito contra la salud pública; ello, de conformidad con lo previsto en el art. 241.1
LOPJ. Constata la Sala que, inadvertidamente, dejó de responderse en la sentencia impugnada la segunda parte de la alegación del recurrente en relación con la proporcionalidad de la pena de multa que le había sido impuesta, que lo fue en mayor cuantía a la solicitada por el Ministerio Fiscal, lo que vulnera el principio acusatorio. Vulneración que, asimismo, por un lado, altera sustancialmente los términos del debate procesal relativos a la pena, limitando indebidamente las facultades de defensa del recurrente, que se ve sorpresivamente condenado, y que por otro, compromete la imparcialidad del órgano judicial, ya que encauza la acusación en el extremo concerniente a la pena impuesta.
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