Función que desempeña el Auto de transformación del Procedimiento Abreviado en cuanto a la fijación de los hechos punibles enjuiciables
25/06/2010
La sentencia impugnada, ahora confirmada, absolvió al acusado de los delitos de estafa, coacciones y abuso de la función pública, de los que venía siendo acusado. Se alega, entre otras cuestiones, la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, en relación a la interpretación del art. 779.1.4 LECrim. A este respecto, y a la vista de lo acontecido, observa la Sala que la acusación particular ahora recurrente, se aquietó con el auto de transformación del procedimiento en abreviado dictado por el juez de instrucción, de modo que los hechos punibles, que eran los enjuiciables, quedaron prefijados en el mismo, habiendo versado el juicio oral sobre tales ilícitos penales. De suerte que la presentación de otro nuevo escrito de acusación poco antes al comienzo del juicio oral, se encuentra totalmente fuera de lugar, especialmente cuando en éste se añaden dos delitos de inducción a la prevaricación urbanística, dos delitos de inducción a la falsedad de documento oficial, un delito de actividades prohibidas a los funcionarios públicos, un delito de sustracción de cosa propia a su utilidad social y un delito relativo al mercado y a los consumidores; por todo ello, declara que la pretendida extensión delictiva no pudo ser acogida por extemporánea.
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