Aprobación de Relación de Puestos de Trabajo por la Universidad de Valladolid para personal laboral, en aplicación de la discrecionalidad que ostenta la Administración en materia organizativa. No se vulnera el mandado legal de fomento de la promoción interna
21/06/2010
Se ajusta a derecho la resolución de la Universidad de Valladolid, sobre aprobación de las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT) del personal funcionario y laboral, recurrida en el particular relativo a la inclusión del puesto de Técnico de Planificación Estratégica. En contra de lo manifestado por la parte actora existe un informe que demostraba la motivación a que respondía el que la RPT de la plaza controvertida se incluyera entre las propias del personal laboral, encajando de lleno en las previsiones del art. 15 c) de la Ley 30/1984, como plaza para ser desempeñada por personal con conocimientos técnicos especializados, cuando no existan Cuerpos o escalas de funcionarios cuyos miembros tengan la preparación específica necesaria para su desempeño. Por otro lado, declara la Sala que el mandato de fomento de la promoción interna establecido en el art. 22 de la citada Ley no se ve alterado por el hecho de incluirse en la RPT al personal laboral, pues la Administración ha actuado dentro del margen de discrecionalidad que tiene reconocida en materia organizativa. Concluye que en el caso de autos obra en la prueba un informe del Rector de la Universidad, en el que se afirma que si no se utilizó la posibilidad legal de cobertura por promoción interna propia de las RPT de los funcionarios, ello obedeció a que estaban pendientes de la restructuración a introducir en la organización de la Universidad, para adecuarla a las nuevas necesidades, existiendo gestiones sindicales y técnicas en curso.
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